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Entran en casa de un vecino sin su permiso pero la Policía no hace nada: el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal les avala

Pueden llegar a intervenir tanto los jueces en casos como este

Un coche de la Policía

Un coche de la Policía / Archivo

Aunque es una de las normas que más influyen en la vida diaria de millones de personas, la Ley de Propiedad Horizontal es también una de las que menos reformas ha experimentado desde su aprobación. Los especialistas coinciden en que necesita una actualización profunda, pero mientras tanto hay principios que no han cambiado: no se puede perturbar la convivencia y, en determinados supuestos, estás obligado a permitir que otros vecinos accedan a tu vivienda.

Y no, que entren en tu casa en esos casos no constituye un abuso. El artículo 9 lo establece con claridad: el propietario debe facilitar el acceso cuando sea necesario para reparar elementos comunes del edificio.

¿Qué se considera elemento común?

En la práctica significa que tu vivienda forma parte de una estructura mayor y no es completamente independiente. Por eso, si surge una avería que afecta al conjunto del inmueble, los vecinos pueden entrar en tu piso —aunque no te apetezca— para arreglar, por ejemplo: bajantes, tuberías generales, forjados, terrazas, cubieras, patios interiores o cualquier otro elemento común.

¿Y si me niego?

La ley también prevé esa situación. Si el propietario impide el acceso, la comunidad puede solicitar una autorización judicial de entrada. Con esa resolución, y si es necesario con presencia policial, se podrá acceder a la vivienda para realizar la reparación.

En este tipo de casos los juzgados suelen actuar con rapidez, especialmente cuando existe riesgo de filtraciones, daños estructurales o perjuicios para otros vecinos. La prioridad es evitar que el problema se agrave.

Lo cierto es que como dicen los juristas la ignorancia de la ley no exime de su cumplimento. Esto es: si los vecinos entran en tu casa sin tu permiso pero es para un bien de la comunidad no solo no te puedes negar sino que pno puedes protestar. Otra cosa es la forma en la que accedan a la vivienda.

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