El salario social, otro problema con las ayudas del Principado (y ha llegado al Defensor del Pueblo): los cobros indebidos acumulados que se están reclamando
La resolución de la Administración cuando se produce un cambio en las circunstancias del beneficiario es fundamental para que se suspenda el pago lo antes posible y evitar que las familias sigan recibiendo cuantías cuya devolución se les exige a posteriori
El organismo insta a la Consejería de Derechos Sociales a establecer un plazo máximo para reclamar el reintegro cuando el error o la demora sea su responsabilidad

Ingreso social básico. / LNE
La gestión del salario social básico en el Principado ha llegado al Defensor del Pueblo. En concreto, los retrasos que se están produciendo a la hora de modificar las circunstancias de los beneficiarios y que provocan que se produzcan cobros indebidos que luego tienen que ser devueltos por las familias, causándoles un perjuicio acumulado a posteriori.
El Gobierno asturiano tiene la potestad de solicitar el reintegro del salario social cuando no se cumplen los requisitos, se reciben otras prestaciones incompatibles (como el Ingreso Mínimo Vital) o mejora la situación económica del beneficiario.
La problemática que la Asociación Alambique ha denunciado ante el Defensor del Pueblo es la dilación con la que la Consejería de Derechos Sociales modifica estas circunstancias, ya que hasta que no se produce una resolución de la Administración el beneficiario sigue cobrando de forma indebida, pudiendo luego reclamársele cuantías acumuladas muy elevadas.
La Consejería alegó ante el Defensor del Pueblo que su actuación se ajusta a la normativa vigente, amparándose en el plazo de prescripción de cuatro años para exigir el reintegro. No obstante, la institución considera que “la precariedad socioeconómica de partida en la que se suelen encontrar los ciudadanos se ve agravada por estos retrasos”.
Señala, además, que en muchos casos los beneficiarios actúan “de buena fe”, pues son ellos mismos los que comunican el cambio de sus circunstancias. “Si bien el reintegro puede ser legal, no se está ponderando la buena fe del interesado, por lo que debe procederse a la reforma del procedimiento de reintegro del salario social básico”, dice el Defensor del Pueblo.
Por ello, el órgano ha recomendado a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar que modifique el procedimiento actual estableciendo un plazo máximo a partir del cual no puedan exigirse las cuantías percibidas indebidamente por los beneficiarios cuando el error o la demora sea imputable a la Administración.
Desde la Asociación Alambique creen que “la Consejería debe asumir su responsabilidad y buscar la manera de solucionar un problema que está afectando a miles de hogares”. Solicitarán una reunión con la consejería y anuncian que continuarán con sus acciones “para visibilizar esta problemática y que se busquen soluciones lo antes posible”.
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