Nuevo revés para Santa Bárbara: el Supremo rechaza la suspensión cautelar de préstamos de 3.000 millones a Indra y Escribano
El Alto Tribunal niega que con la adjudicación de los contratos de artillería a sus competidores estén en riesgo los empleos de la filial de GDELS, la mayoría en Trubia

Blindados 8x8 en la fábrica de Santa Bárbara en Trubia (Oviedo). / Irma Collín

El Tribunal Supremo ha denegado la medida cautelar solicitada por Santa Bárbara Sistemas para que se suspendieran dos préstamos para programas especiales de modernización de armamento (PEM) de 3.000 millones de euros a la unión temporal de empresas (UTE) conformada por Indra Sistemas y Escribano Mechanical & Engineering. En un auto fechado este lunes, la sala de lo contencioso rechaza la pretensión de Santa Bárbara sobre los préstamos mientras se resuelve el fondo del recurso que la empresa de armamento tiene planteado contra los mismos y que afecta ala fabricación de obuses autopropulsados en Asturias.
Entre otros argumentos, la Sala basa el rechazo a la medida cautelar en que los perjuicios alegados por Santa Bárbara "no pasan de ser una mera alegación carente de prueba que lo avale, sin que resulte acreditado que la ejecución del Real Decreto y los préstamos que se impugnan le pueda ocasionar perjuicios inminentes, ni menos aun que éstos sean de difícil o imposible reparación". El interesado en obtener la suspensión tiene la carga de probar adecuadamente qué daños y perjuicios de reparación imposible o difícil concurren en el caso para acordar la suspensión, sin que sea suficiente una mera invocación genérica, añade el auto.
Los magistrados explican que no ha quedado acreditado que la continuidad de la empresa recurrente, su posición actual en el mercado o los puestos actuales de trabajo (el grueso de ellos en la fábrica asturiana de Trubia) puedan verse afectados por la concesión de estos préstamos a las empresas competidoras. Asimismo, destacan que Santa Bárbara, en abril de 2000, fue adquirida por General Dynamics Corporation, convirtiéndose en una filial de la multinacional estadounidense, que es una de las empresas líderes mundiales en la fabricación y diseño en el sector de la Defensa.
"Difícilmente su continuidad como empresa o los actuales puestos de trabajo pueden entenderse comprometidos por no ser beneficiaria de los préstamos cuestionados", añade el escrito, que añade, además, que Santa Bárbara es adjudicataria de otros préstamos en España para el desarrollo de otros programas diferentes (el Programa Actualización Vehículos Pizarro) por importe de 176 millones de euros.
La Sala rechaza los argumentos de Santa Bárbara, que alega que aplicar el decreto ocasionaría un gran perjuicio al interés público y a la propia empresa. Por el contrario, el Supremo recuerda que existe "un relevante interés público" en desarrollar programas de armamento para la modernización de la defensa nacional, ya que constituye una estrategia nacional y de la Unión Europea reducir la dependencia en el abastecimiento exterior de suministros estratégicos y la puesta en marcha de industrias estratégicas que permitan una capacidad de defensa autónoma y el fortalecimiento de la industria nacional.
La suspensión cautelar de más de 3.000 millones de euros de financiación pública, correspondientes a los PEM, "no produciría un mero aplazamiento neutro de la inversión, sino una alteración sustancial de la planificación militar, industrial y presupuestaria, con efectos acumulativos difícilmente reversibles". También comprometería de forma directa e inmediata la modernización de capacidades militares críticas, el cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por España y la estabilidad de un sector industrial estratégico, añade la Sala.
Frente a ese relevante interés público en la ejecución de los préstamos "no se aprecian perjuicios irreparables para la empresa recurrente, pues si bien la financiación de las compañías competidoras le genera la pérdida de la expectativa de ser el destinatario de esta financiación, ese interés privado ni puede prevalecer sobre el interés público descrito ni superponerse al interés privado de las empresas beneficiarias, que resulta igualmente digno de protección".
La respuesta de Santa Bárbara
Fuentes de Santa Bárbara Sistemas señalaron ayer que su demanda «sigue su curso» en el Supremo y que la decisión de la Sala de no aplicar medidas cautelares «no prejuzga dicho recurso» puesto que «no entra en el fondo del asunto». Santa Bárbara considera que se le ha «excluido sin justificación» de participar en el proceso de adjudicación de los programas «a pesar de ser el único fabricante español de sistemas de artillería y líder español en el sector de la fabricación de vehículos de combate terrestre».
Santa Bárbara añade que «la carencia de capacidades por parte de los beneficiarios de estos préstamos en contratos similares podría generar importantes problemas para el desarrollo real de la industria en España, y ha motivado que los beneficiarios tengan que recurrir a proveedores extranjeros, incluso de países no europeos y fuera del entorno OTAN como Corea, con la consecuente pérdida de soberanía tecnológica e impacto negativo en el empleo». Santa Bárbara se refiere al acuerdo entre Indra y la surcoreana Hanwha para fabricar obuses autopropulsados sobre cadenas en Asturias y reitera su «disposición a la cooperación tanto con la Administración como con el resto de la industria». La semana pasada, el Ministerio de Defensa también rechazó el recurso administrativo presentado por Santa Bárbara Sistemas contra las adjudicaciones de obuses a Indra y Escribano
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