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El consultorio de Romalex: las respuestas de los profesionales de la asesoría a las dudas de sus clientes

El equipo de la firma, presente en Oviedo y Lugones, es capaz de intervenir desde la creación de un negocio hasta la resolución de cualquier incidencia

Romalex consultores

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Romalex Consultores se constituye como una consultoría estratégica empresarial con más de cuatro décadas de experiencia. La firma, presente en Oviedo y Lugones, es el resultado de la unión de varias asesorías especializadas y ha consolidado un equipo multidisciplinar capaz de intervenir desde la creación de un negocio hasta la resolución de cualquier incidencia. Estas son las respuestas que sus profesionales ofrecen a algunas de las dudas planteadas por sus clientes:

He ido al médico porque no puedo trabajar, pero no me han dado el parte de baja, solo recomendación de estar 3 días en reposo en el domicilio. ¿Cómo puedo justificar esta situación ante la empresa?

Responde Ana Rosa González, graduada social:

Ana Rosa González

Ana Rosa González / Cedida a LNE

Comunica tu situación inmediatamente. Lo ideal es hacerlo dentro de las primeras horas de tu jornada laboral, utilizando el medio habitual que tengáis establecido y que quede constancia del contenido de la comunicación y de la aportación del informe médico. Quédate siempre con un justificante donde conste la recepción por parte de la empresa.

Revisa tu convenio, ya que puede especificar el plazo exacto que tienes para comunicar la ausencia y para presentar el justificante. A veces también aclara qué tipo de documento es suficiente para los primeros días de enfermedad sin baja. Con el informe médico que te han dado, tu ausencia está debidamente justificada.

¿Cómo he de tributar la compra-venta de criptomonedas y bitcoin en mi declaración de la renta?

Responde Raquel Reimondo, asesora:

Lucía Sanlés

Raquel Reimondo / Cedida a LNE

Las operaciones de compra y venta, incluidas las permutas, de criptomonedas y bitcoin, realizadas fuera de una actividad económica, tributan como ganancias o pérdidas patrimoniales de la base del ahorro, calculadas por diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, aplicando el criterio correspondiente en las ventas parciales de un mismo tipo de criptomoneda.

Los rendimientos obtenidos por "staking" de criptomonedas, cuando se trata de una mera inversión consistente en el bloqueo de criptoactivos para obtener una retribución, se declaran como rendimientos del capital mobiliario en especie, valorados a precio de mercado en euros en la fecha de percepción.

Todas estas rentas se integran y compensan en la base del ahorro, con los límites de compensación interna y el plazo de cuatro años para la aplicación de saldos negativos. Además, pueden existir obligaciones informativas específicas relativas a saldos de criptomonedas custodiadas y operaciones realizadas por intermediarios financieros, así como obligaciones directas para los contribuyentes.

¿Es recomendable confirmar el borrador que nos sugiere la Agencia Tributaria para hacer la declaración de la renta?

Responde Carolina Games, asesora:

Lucía Sanlés

Carolina Games / Cedida a LNE

No. El borrador en ningún caso garantiza la veracidad de la situación fiscal y tributaria del contribuyente, ya que la Agencia Tributaria no dispone de la totalidad de los datos, como pueden ser los relativos al contrato de alquiler, renta, duración del contrato, año de construcción del inmueble o valor catastral, entre otros.

Además, las deducciones autonómicas generalmente no suelen incluirse. Por lo tanto, no recomendamos la confirmación automática del borrador.

¿Es necesario inscribir los bienes en el Registro de la Propiedad?

Responde María Romaní, graduada social y CEO de Romalex Consultores:

Lucía Sanlés

María Romaní / cedida a LNE

Cuando adquirimos un inmueble, se debería inscribir en el Registro de la Propiedad, ya que, en caso contrario, se incurre en una serie de riesgos que pueden afectarnos, porque el bien seguirá manteniéndose a nombre de una tercera persona distinta de nosotros.

Nuestro Código Civil establece la seguridad jurídica del titular del bien mediante la inscripción en el Registro de la Propiedad, otorgando fe pública sobre la titularidad del citado bien.

Soy un profesional de la fontanería en régimen de autónomos y desde el COVID todo me ha ido mal. En aquella etapa tuve problemas de salud y personales que hicieron que necesitara pedir dinero a los bancos a un interés muy alto para seguir adelante. A día de hoy el negocio no se ha recuperado y los bancos y proveedores, a los que no puedo pagar, me asedian con reclamaciones. No puedo seguir así.

Responde Gonzalo Sánchez, abogado:

Lucía Sanlés

Gonzalo Sánchez / Cedida a LNE

Tu situación no es diferente a la de muchísimas otras personas que se han visto sobreendeudadas debido a factores externos que no siempre se pueden controlar. Cada caso debe analizarse de forma particular, pero precisamente para situaciones como la tuya se creó la institución de la exoneración del pasivo insatisfecho, conocida como Segunda Oportunidad.

A través de un proceso concursal ágil y rápido, cualquier persona física, tanto particular como autónomo, que se encuentre en una situación de sobreendeudamiento o insolvencia, es decir, que no pueda hacer frente al pago de sus deudas de forma regular, puede lograr que sus deudas se cancelen total o parcialmente.

El fundamento de la Segunda Oportunidad es precisamente que puedas volver a comenzar tu proyecto profesional desde cero, pero con la experiencia y los conocimientos adquiridos. Para ello es necesario que profesionales especializados en materia concursal analicen tu caso al detalle y elaboren un plan acorde con tu situación.

¿Los administradores de una sociedad limitada pueden deducir sus retribuciones como gasto en el Impuesto de Sociedades, aunque no venga en la escritura?

Responde Lucía Sanles, asesora:

Lucía Sanlés

Lucía Sanlés

Las retribuciones que perciban los administradores, siempre que estén contabilizadas, acreditadas y previstas, no constituyen una liberalidad no deducible, al existir una relación mercantil.

Si la sociedad está formada únicamente por un socio, no se exigirá el cumplimiento de aprobar la retribución en la Junta de Socios. Además, dicha retribución debe estar correctamente contabilizada y vinculada a la actividad desarrollada por la empresa. Así se pronunció el Tribunal Supremo en una sentencia reciente, reforzando este criterio jurídico.

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