¿Cómo afecta la sentencia del Supremo a los más de 20.000 interinos asturianos? Decepción entre los afectados: "Llevamos treinta años escuchando lo mismo"
El Tribunal Supremo permite la fijeza de interinos, pero solo si aprueban unas oposiciones
"Hay una voluntad clara de no querer cumplir del todo con lo que dicta Europa", advierte el jurista Bocanegra

Protesta de interinos en Asturias
Movimiento de calado del Tribunal Supremo sobre la situación de los interinos en la administración pública. El alto tribunal avaló ayer la posibilidad de que estos trabajadores puedan convertirse en empleados públicos fijos, aunque estableciendo una condición muy concreta: haber participado y aprobado un proceso selectivo para acceder a una plaza. Ese requisito les valdría incluso si se han quedado sin plaza porque el número de aspirantes superaba al de puestos ofertados.
La decisión, adelantada este martes, afecta potencialmente a cientos de miles de trabajadores en toda España y cayó como un jarro de agua fría entre los representantes de los interinos asturianos. En el Principado se calcula que existen, al menos, 20.000 empleados públicos en situación de interinidad.
La sentencia llega después de meses de expectación jurídica y tras el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que a mediados de marzo volvió a cuestionar el modelo español de contratación temporal en las administraciones públicas. El tribunal europeo consideró que la figura del “indefinido no fijo”, utilizada en España para compensar los abusos de temporalidad, no supone una sanción efectiva para la administración porque, en la práctica, mantiene al trabajador en una situación de temporalidad.
Pese a ello, el Supremo mantiene ahora que no es posible convertir automáticamente en fijos a todos los interinos que hayan sufrido un abuso de contratos temporales. Los magistrados argumentan que el acceso a la función pública debe respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, recogidos tanto en la Constitución Española como en el Estatuto Básico del Empleado Público. A su juicio, otorgar la fijeza sin haber superado un procedimiento selectivo vulneraría esos principios y cerraría el acceso al empleo público al resto de ciudadanos.
La resolución sí introduce, no obstante, un matiz relevante. El Supremo admite por primera vez la posibilidad de reconocer la condición de fijo a determinados trabajadores temporales. Eso ocurriría únicamente en los casos en los que el empleado hubiera superado un proceso selectivo para acceder a una plaza fija, demostrando así su capacitación, pero hubiese quedado fuera por falta de vacantes.
Además, la sentencia señala que las medidas adecuadas para reparar el abuso de la temporalidad deben pasar por indemnizaciones económicas y por la constatación judicial de la existencia de ese abuso. Los magistrados citan expresamente la doctrina del TJUE y consideran que la administracion debe ser sancionada cuando utilice de forma fraudulenta la contratación temporal durante años.
El fallo provocó un profundo malestar entre los colectivos de interinos. Antonio Navarro Incio, presidente del sindicato Sintta (Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración), portavoz nacional y de la sección sindical de educación del Principado de Asturias Sintta Educastur, cargó duramente contra la posición del Supremo y aseguró que el contenido de la sentencia no supone ninguna sorpresa para quienes llevan años litigando por esta cuestión.
“Llevamos mucho tiempo viendo cómo diferentes estamentos judiciales sostienen esta misma postura. Me atrevo a decir que el Supremo está prevaricando con lo que dice”, afirmó. Navarro sostiene que la jurisprudencia europea es clara y recordó que el TJUE ha reiterado en varias ocasiones que España debe establecer sanciones efectivas frente al abuso de temporalidad. “Si no hay una sanción real a la administración, la única solución válida es hacer fijo al trabajador. La figura del indefinido no fijo no sirve”, añadió.
El dirigente sindical también rechazó el argumento relativo a los principios de mérito y capacidad esgrimido por el Supremo. “Es una doble mentira porque los interinos ya estamos dentro de la administración. Llevamos treinta años escuchando lo mismo y estamos hartos. Es un déjà vu continuo que nos hace daño”, lamentó.
También mostró reservas sobre el alcance real de la sentencia Raúl Bocanegra, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo y de la Complutense de Madrid, especialista en la materia. A su juicio, el Supremo trata de "obstaculizar" el impacto de la doctrina europea. “El TJUE dijo una cosa muy clara: que la figura del indefinido no fijo no es una medida sancionadora contra la temporalidad. En lo que se conoce de la sentencia hay una voluntad clara de no cumplir plenamente con la directiva europea”, señaló.
Bocanegra considera, sin embargo, que el fallo sí contiene un elemento novedoso: el reconocimiento explícito de que la administración cometió un abuso de temporalidad. “Es la primera vez que el Supremo admite de forma clara que ese abuso debe ser sancionado y eso es importante”, explicó. Con todo, cree que la situación práctica de los interinos apenas cambia. “Seguimos prácticamente igual que antes. El avance es muy pequeño, aunque el simple reconocimiento del abuso supone un paso. Si las indemnizaciones llegasen a tener una entidad suficiente, entonces sí podrían servir para reducir de verdad la temporalidad en las administraciones públicas”, concluyó.
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