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La nueva norma de colegios profesionales que aprobó Asturias recibe un apoyo casi general, aunque quedan flecos

El Decano de Veterinaria ve "una pena" no incluir el silencio administrativo positivo y el de Abogados de Oviedo pide mayor libertad a las corporaciones

Colegios profesionales.

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a. garcía-ovies/ l. á. vega

Oviedo

Asturias aprobó esta semana su primera ley de Colegios Profesionales, siendo la última comunidad en dotarse de esta normativa que, según el Principado, garantiza la "transparencia, legalidad, participación democrática, el buen gobierno y la igualdad". El propio consejero de Hacienda, Guillermo Peláez, dijo en su intervención en la Junta que era una "demanda" histórica, y así lo constatan los propios organismos, que aplauden la aprobación de una ley que les otorga más "reconocimiento" y "seguridad jurídica". No obstante, entre los presidentes y decanos de estas instituciones ven algunos flecos en el texto como, por ejemplo, que no se incluyese el silencio administrativo positivo que permitiría asegurar el cumplimiento de los plazos por parte de la Administración.

El Colegio de Enfermería participó en el desarrollo legislativo de la normativa, tanto presentando alegaciones como observaciones, y consideran que es "un gran paso adelante". "Éramos la única comunidad que no tenía ley de Colegios Profesionales y era algo que veníamos reclamando; incluso le llevábamos en nuestro programa", explica su presidente, Esteban Gómez, quien agradece la labor realizada por el tesorero del organismo, Aitor Solís. En su opinión, esta normativa les obligará a "funcionar mejor y ser más transparentes", pero, sobre todo, a estar también "más orientado a los ciudadanos".

Desde el Colegio de Fisioterapeutas del Principado de Asturias valoran "positivamente" la ley porque "aporta seguridad jurídica y refuerza el papel de los colegios como corporaciones de derecho público al servicio de la ciudadanía". En fisioterapia, explica su presidenta, María Blanco, "al tratarse de una profesión sanitaria que incide directamente en la salud y la integridad física de las personas, la función colegial resulta esencial para ordenar el ejercicio profesional, velar por la deontología, actuar frente al intrusismo y proteger a pacientes y usuarios". "La colegiación obligatoria de toda profesión sanitaria es una garantía de calidad y seguridad", asegura.

También en el Colegio de Veterinaria dan la "bienvenida" a la norma. Su presidente, David Iglesias, mantiene la posición que defendió en su día en la Junta General cuando se debatía la norma. "En nuestra opinión, además de poner en valor los fines colegiales, permitirá ahondar en las funciones administrativas delegadas relacionadas con la respectiva profesión, pues el tejido profesional colegial tiene una capilaridad y una preparación que permite afrontar con enorme solvencia y rapidez aspectos que a las administraciones se les hace inabarcables", considera. No obstante, entonces ya señaló como "una pena" que no se incluyese el silencio administrativo positivo, "para asegurar que ciertos procesos, como resolver la legalidad de los estatutos, fuesen respondidos en tiempo".

Vidal Gago, presidente del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos explica que "dado que la ley es de aplicación para los colegios cuyos límites no excedan el territorio asturiano" no les afectará, puesto que desde su creación en 1953, determina que su ámbito territorial es España. Lo mismo ocurre con los notarios. Según Isabel Valdés-Solís, decana del Colegio Notarial de Asturias, "los notarios, como cuerpo único de funcionarios del Estado, estamos jerarquizados, dependientes de la dirección General de Seguridad Jurídica y Pública, del Ministerio de Justicia, y ejercemos funciones en orden a la organización del ejercicio profesional que nos diferencia de otros colegios profesionales".

Antonio González-Busto, decano del Colegio de Abogados de Oviedo, se mostró crítico con algunos aspectos. "La paridad, por ejemplo, no es ninguna novedad, ya se plantea en la ley de Colegios Profesionales de 1974". El Registro de Colegios Profesionales, "no era necesario". En cuanto la obligación de auditar las cuentas cada dos años, se preguntó por qué no exigir que sea anualmente, como hace el Colegio de Abogados de Oviedo. "Nos da tranquilidad de cara a los asociados, la ciudadanía y la Administración. Dejaría libertad a cada colegio. Los colegios son manifestaciones constitucionales de la sociedad civil. Dejemos a la sociedad civil que se organice sin tanta obligación de registrarse", dijo. Y remarcó que todos los colegios "son democráticos por la Constitución y la ley de 1974".

También crítico es el presidente del Colegio de Ingenieros Técnicos, Diego Pérez. "Los colegios profesionales somos los únicos que podemos dar certeza en cuestiones como certificar que un técnico tiene su titulación y un seguro de responsabilidad civil, evitando así el intrusismo de personas sin titulación, y seguro que, a través de las declaraciones responsables, están asumiendo funciones que no les corresponde", afirma. Y advierte que la paridad "no se puede garantizar".

Beatriz Coto, decana del Colegio de Graduados Sociales, indicó que "la ley supone un paso importante para Asturias, al dotarse por primera vez de una regulación autonómica propia y completa en materia de colegios profesionales, aportando mayor seguridad jurídica, transparencia y claridad en el ejercicio de las funciones públicas que desarrollan estas corporaciones, así como una modernización institucional adaptando el sistema colegial a criterios actuales". En su comparecencia ante la Comisión de tramitación del Proyecto de Ley, reclamaron la mejora técnica del régimen de silencio administrativo, un refuerzo de la transparencia y contra el intrusismo, y garantías para una mayor protección de ciudadanos y usuarios .

Héctor Llanes, presidente del Colegio Profesional de Podólogos de Asturias valoró "positivamente la nueva Ley, al considerar que supone un avance en la modernización, transparencia y seguridad jurídica de las corporaciones profesionales de la comunidad autónoma". Desde el Colegio destacan que "la normativa permitirá actualizar el marco regulador de los colegios profesionales asturianos, adaptándolo a la realidad actual de las profesiones sanitarias y reforzando la protección de los ciudadanos y de los propios profesionales".

Las claves de la normativa

  • Prohíbe crear un colegio si ya existe otro de la misma profesión y limita su actuación al ámbito autonómico, además su creación deberá ser aprobada por ley.
  • Establece la paridad para las directivas, obligando a que se repartan en un 60-40.
  • Crea el Registro de Colegios Profesionales, cuya inscripción será obligatoria y permitirá a la ciudadanía tener información sobre cualquier cambio que se produzca en los mismos.
  • Los colegios deberán enfrentarse a auditorias externas, al menos cada dos años y deberán elaborar una memoria anual. Además, sus estatutos deberán ser enviados a la Consejería correspondiente para asegurar que cumplen con la legislación.

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