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Un ciclista recibirá 25.000 euros más los intereses legales por una caída en un paso a nivel en Infiesto: ADIF no cumplió debidamente sus obligaciones de vigilancia y mantenimiento

La Policía Local de Piloña ya había advertido en su atestado de que la calzada carecía de señalización horizontal y presentaba “varios resaltes” junto a los raíles y huecos peligrosos para vehículos de dos ruedas y bicicletas

ADIF atribuyó la caída a la falta de atención del ciclista y la Audiencia Nacional entiende que no extremó la prudencia al cruzar un paso a nivel especialmente conflictivo, por lo que reparte las culpas

El paso a nivel donde se produjo el accidente.

El paso a nivel donde se produjo el accidente. / Google Maps

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Luis Ángel Vega

Luis Ángel Vega

Oviedo

ADIF deberá indemnizar con 25.143,70 euros, más los intereses legales desde octubre de 2023, a un ciclista que sufrió una grave caída en un paso a nivel de Infiesto, en Piloña, por el mal estado de conservación de la vía. Así lo establece una sentencia del Tribunal Central de Instancia, Sección de lo Contencioso Administrativo, que estima parcialmente el recurso presentado por el ciclista lesionado contra la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias. El fallo, fechado el 25 de junio de 2026, anula la resolución administrativa que había rechazado la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por el afectado.

El accidente se produjo el 2 de noviembre de 2022, sobre las 16.25 horas, cuando el ciclista circulaba por la AS-254, en la avenida de la Cueva, en dirección a la calle Martínez Agosti. Al cruzar las vías del tren del paso a nivel número 1, la rueda delantera de la bicicleta resbaló sobre los raíles y el hombre cayó contra el pavimento, sufriendo una fractura luxación posterolateral del codo izquierdo. Tuvo que ser intervenido quirúrgicamente, recibió tratamiento rehabilitador y permaneció de baja laboral hasta el 22 de septiembre de 2023.

El demandante, cuyos intereses defiende el letrado Carlos Hernández Fierro, reclamaba 54.754,28 euros por las lesiones, los 325 días de incapacidad temporal, las secuelas funcionales y estéticas, la intervención quirúrgica y la pérdida de calidad de vida. Sostenía que el siniestro se debió al mal estado del paso a nivel y a la deficiente señalización. La Policía Local de Piloña ya había advertido en su atestado de que la calzada carecía de señalización horizontal y presentaba “varios resaltes” junto a los raíles y huecos peligrosos para vehículos de dos ruedas y bicicletas. También hizo constar que en ese mismo punto se habían producido otras caídas por la misma causa.

ADIF rechazó inicialmente cualquier responsabilidad y atribuyó la caída a la falta de atención del ciclista. La entidad alegó que el paso a nivel contaba con barreras y señales acústicas y luminosas, que el cruce de la vía en diagonal obligaba a extremar la precaución y que el surco existente junto al carril era inherente a la infraestructura ferroviaria. También señaló que la señalización viaria correspondía al Principado y que ya había requerido a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial la colocación de señales de “perfil irregular” dos meses antes del accidente.

La magistrada, sin embargo, considera acreditado que ADIF no cumplió debidamente sus obligaciones de vigilancia y mantenimiento. La sentencia cita informes que constatan la necesidad de mejorar la superficie de rodadura, el ángulo muy cerrado de cruce —unos 15 grados— y la existencia de agujeros y desniveles en la zona. Para el juzgado, ese defectuoso estado de conservación afectaba a la infraestructura ferroviaria y contribuyó al siniestro.

No obstante, la resolución también aprecia responsabilidad del ciclista. Entiende que no extremó la prudencia al cruzar un paso a nivel especialmente conflictivo y que circulaba con una bicicleta de carretera, con ruedas estrechas y menor capacidad para absorber impactos. Por ello fija una concurrencia de culpas del 40% a cargo del perjudicado y reduce la indemnización final a 25.143,70 euros. La sentencia no impone costas y puede ser recurrida en apelación.

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