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Tres años de cárcel para el conductor que causó la muerte de una joven motorista en la "Y"

La sentencia establece que el conductor que causó la muerte de la mujer de 31 años “mostraba síntomas evidentes de intoxicación etílica"

Moteros asistentes al velatorio de Andrea Llamas Grana.

Moteros asistentes al velatorio de Andrea Llamas Grana. / Luis Vega

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Oviedo

El conductor del vehículo que el 31 de mayo de 2024 causó la muerte de la joven motorista Andrea Llamas Grana, de 31 años, en la autopista "Y" ha sido condenado a tres años de cárcel y cinco años sin conducir vehículos a motor y ciclomotor por un delito contra la seguridad vial y un delito de homicidio por imprudencia grave.

Asimismo, tendrá que indemnizar con 30.000 euros, a título de responsabilidad civil, al marido de la fallecida, defendido por las abogadas María Escanciano y Naira González.

La sentencia de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia número 1 de Oviedo, fechada el pasado día 6, establece lo que es la segunda condena del mismo tipo que sufre Manuel Ricardo G. F. Repartidor de bebidas, causó la muerte de un hombre de 76 años en la calle Jerónimo Ibrán en septiembre de 2020, por lo que fue condenado a pagar una multa de 540 euros y a la retirada del carné por tres meses, así como al pago de una indemnización de 74.500 euros al hijo del fallecido. Aquel hecho fue tipificado como un delito de homicidio por imprudencia menos grave con vehículo a motor. Además, en 2023 y 2024 arrolló a otros dos peatones, quienes sufrieron lesiones leves. 

"Síntomas evidentes de intoxicación etílica"

Esta nueva resolución judicial da por sentado que el conductor “había ingerido bebidas alcohólicas” y que “mostraba síntomas evidentes de su intoxicación etílica tales como cansancio, sopor, rostro sudoroso, habla titubeante, halitosis alcohólica fuerte de cerca y notoria a distancia, pupilas dilatadas y conjuntiva muy enrojecida”.

El propio Manuel Ricardo G. F. reconoció en sede judicial que había consumido “dos botellas de sidra" junto con su pareja, y el test de alcoholemia dio 0,58 gramos de alcohol por cada litro de aire espirado en un primer momento, y 0,59 gramos en una segunda medición.

En la vista oral, el abogado del ahora condenado había alegado que su defendido sufría una enfermedad, retinosis pigmentaria bilateral, que implica una pérdida de visión periférica y de la que no habría sido diagnosticado hasta 2026.

Velocidad superior a la permitida

Esto fue, según el conductor, lo que le impidió ver a la motorista cuando, como establece la sentencia, “procedió a cambiarse del carril derecho por el que transitaba, de los tres existentes, al carril central y tras circular por el mismo a una velocidad de al menos 121,63 kilómetros/hora, por encima de la velocidad permitida en dicho tramo que era de 100 kilómetros/hora, y al no respetar la distancia de seguridad colisionó de frente con la motocicleta” con la que Andrea Llamas Grama “circulaba correctamente por dicho carril”.

La conductora cayó contra el asfalto y fue arrastrada varios metros por el vehículo, relata la sentencia, “sin realizar el acusado ninguna maniobra evasiva hasta transcurridos 116,50 metros, en que acciona el sistema de frenado quedando impresa en la vía una huella de frenada de 34,40 metros”.

Capacidades "mermadas"

Los hechos acaecieron sobre las 21.20 horas, en “hora diurna”, indica la resolución, que precisa que “la vía estaba en correcto estado de conservación, con calzada seca, dotada de alumbrado público, con visibilidad buena y tráfico fluido”.

Andrea Llamas Grana fue trasladada al Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), donde nada pudieron los médicos hacer por salvarle la vida. Falleció a las 23.25 horas del mismo día.

Según la sentencia, "la imprudencia causante de la colisión debe calificarse como grave dada la inobservancia del acusado del mínimo deber de atención al aproximarse a la motocicleta que le precedía en la marcha circulando a una velocidad muy superior a la permitida, con una capacidad de percepción y reacción mermada por el consumo de bebidas alcohólicas, con infracción de las más elementales normas de circulación y las más básicas cautelas en el ámbito viario, que desembocó en un virulento impacto contra la motocicleta que le antecedía en su marcha".

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