La Fiscalía pide tres años de cárcel para Chus Mirantes, su mujer y un ingeniero por el accidente mortal de la mina de Cerredo de 2022
El Ministerio Público reclama más de 751.000 euros en indemnizaciones por la muerte de Richard Daniel Sander y las graves lesiones sufridas por otro trabajador

Instalaciones de la mina de Cerredo, en una imagen de archivo.
La Fiscalía del Principado de Asturias ha solicitado tres años de prisión para cada uno de los tres acusados por el accidente laboral ocurrido el 25 de agosto de 2022 en la mina de Cerredo, en Degaña, en el que murió Richard Daniel Sander, de 41 años, y otro trabajador sufrió heridas de extrema gravedad que obligaron a amputarle una pierna. El Ministerio Público atribuye los hechos a graves y persistentes incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos laborales.
LA NUEVA ESPAÑA adelantó recientemente que el Tribunal de Instancia de Cangas del Narcea había dado por concluida la instrucción, tres años y diez meses después del siniestro, y había acordado continuar el procedimiento por los trámites del procedimiento abreviado. Cerrada esa fase, la Fiscalía presentó su escrito de conclusiones provisionales y concretó las penas y las indemnizaciones que reclama.
Los acusados son Ana María Rodríguez García, propietaria y administradora única de Combustibles Asturiana y Leonesa (Combayl), firma que gestionaba entonces la mina; su marido, Jesús Manuel Rodríguez Morán, conocido como “Chus Mirantes”, a quien se atribuye la dirección material de la explotación y quien está investigado también por el posterior accidente de Cerredo en 2025 en el que murieron cinco mineros, y Roberto Valdés González, ingeniero y director facultativo de la mina, propietario de Vyntools.
La Fiscalía pide para cada uno de ellos tres años de prisión. También solicita que Rodríguez García quede inhabilitada para ejercer como administradora de empresas; Mirantes, como encargado o responsable no técnico de una explotación minera, y Valdés, como director facultativo.
Carbón extraído sin autorización
Según el escrito fiscal, el grupo minero de Cerredo se encontraba formalmente en fase de cierre y clausura, tanto en su unidad a cielo abierto como en la explotación subterránea. Pese a ello, en la sexta planta de la mina interior de Mangueiro se realizaban labores de extracción de carbón sin autorización administrativa.
El mineral era transportado posteriormente hasta la zona principal de almacenamiento, clasificación y cribado. Para ello se empleaba habitualmente un dumper articulado Case 330 que, de acuerdo con la acusación pública, no reunía las condiciones de seguridad exigibles debido a un mantenimiento “absolutamente defectuoso”.
El día del accidente, los dos trabajadores descendían en ese vehículo por la pista asfaltada de la explotación después de recoger una carga de carbón. Al llegar a las inmediaciones del tercer piso, el motor sufrió una parada repentina que anuló los sistemas de manejo, control y supervisión. El conductor intentó arrancarlo de nuevo, pero no logró recuperar el dominio de la máquina.
Ante el descenso descontrolado del dumper, ambos trabajadores saltaron con el vehículo en marcha. Sander falleció como consecuencia de las lesiones, mientras que su compañero precisó seis intervenciones quirúrgicas y la amputación de la pierna derecha por encima de la rodilla. Le fue reconocida una incapacidad permanente total para su profesión habitual.
La Fiscalía sostiene que los empleados realizaban funciones distintas de las correspondientes a sus puestos, sin evaluación específica de riesgos ni formación preventiva adecuada. Añade que Combayl y Vyntools desarrollaban sus actividades de forma entremezclada, bajo una única dirección material y sin una coordinación empresarial efectiva en materia de prevención.
Más de 751.000 euros en indemnizaciones
El Ministerio Público considera que los hechos constituyen un delito contra la seguridad de los trabajadores en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave y otro de lesiones por imprudencia grave.
Además de las penas de prisión, reclama que los tres acusados indemnicen conjunta y solidariamente al trabajador herido con 268.730 euros. Para los familiares del fallecido solicita 100.000 euros para cada uno de sus dos hijos menores, 55.000 para cada uno de sus dos hijos mayores, 45.000 para cada progenitor y 16.500 euros para cada uno de sus cinco hermanos.
Las indemnizaciones suman al menos 751.230 euros, a los que deberán añadirse el lucro cesante que resulte acreditado y el coste de la asistencia sanitaria prestada al trabajador herido por el Servicio de Salud de Castilla y León. Las aseguradoras responderán directamente conforme a sus pólizas y, de manera subsidiaria, lo harán Combayl y Vyntools.
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