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La guerra del táper estalla en Asturias: la Guardia Civil interviene en un restaurante del Oriente al negarse un comensal a pagar un euro por el envase para llevarse la comida que sobró

Una polémica que está explicada en la Ley del Desperdicio Alimentario

La guerra del táper estalla en Asturias: la Guardia Civil interviene en un restaurante del Oriente al negarse un comensal a pagar un euro por el envase para llevarse la comida que sobró

Jota Caral

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Fernando Delgado

Fernando Delgado

Oviedo

En ocasiones, los seres humanos somos especialistas en quemar energías para matar moscas a cañonazos. Un ejemplo: una patrulla de la Guardia Civil tuvo que acudir a un restaurante del Oriente de Asturias para solucionar un conflicto generado por una diferencia de un euro de coste adicional en la cuenta de una comida familiar.

Fue un sábado pasado en un conocido establecimiento, durante la sobremesa de los turistas españoles. Actores principales: el cliente padre de familia y el hostelero dueño del restaurante. Actores secundarios: la camarera y la esposa e hijo del cliente. Invitados especiales: una pareja de la Benemérita que apareció finalmente en escena para solucionar el conflicto.

Peripecia: el cliente, acompañado de su esposa e hijo, manifiesta, al finalizar la comida en el restaurante, que desean llevarse las sobras, hecho al que accede la camarera y se las envasa en un táper. Posteriormente, solicita la cuenta y, tras revisarla, indica que no la va abonar mientas le cobren un euro de más por el envase, que según la nueva ley de desperdicios no puede. La camarera traslada la queja al propietario del restaurante, quien se persona en la mesa. El cliente insiste en que no va a abonar la factura por cobrarle el euro de más por el recipiente. El hostelero señala que está debidamente informado en la carta y que está en su derecho a cobrárselo según la nueva ley.

El cliente amenaza con llamar a la Guardia Civil y es el propio hostelero quien le indica: "No se preocupe, que a la Guardia Civil la voy a llamar yo si no abona la cuenta". El cliente solicita el libro de reclamaciones y el hostelero le manifiesta que no tiene inconveniente si primero le abona la factura. Al final, es el propio hostelero quien llama a la Guardia Civil. Los agentes indican que se debe abonar el euro, según la nueva ley de desperdicios.

Pero si uno entra en internet y busca "táper en restaurantes" aparecerá esta información elaborada por IA,: "En España, los restaurantes no pueden cobrarte por el táper o envase para llevar la comida que sobra. Según la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, los locales tienen la obligación de facilitarte un recipiente adecuado sin coste adicional, salvo en servicios de tipo bufet libre".

Sin embargo, el texto literal del artículo 8 de la Ley 1/2025 de Desperdicio Alimentario es el siguiente: "Los agentes de la cadena alimentaria que sean empresas de la hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno distinto, en su caso, del mencionado en el párrafo siguiente, los alimentos que no haya consumido, salvo en los formatos de servicio de bufé libre o similares, donde la disponibilidad de comida no está limitada, así como informar de esta posibilidad de forma clara y visible en el propio establecimiento preferentemente en la carta o el menú".

Y ahora, el párrafo siguiente que lo aclara todo: "Para ello se emplearán envases aptos para el uso alimentario, reutilizables, o fácilmente reciclables. Para los envases o recipientes alimentarios de plástico de un solo uso deberán tenerse en cuenta las disposiciones previstas en el título V de la Ley 7/2022, de 8 de abril, en especial las relativas a la necesidad de reducir su consumo de cara a cumplir los objetivos del artículo 55.1 de dicha ley y a la obligación de su cobro, así como las contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1021/2022, de 13 de diciembre, por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en establecimientos de comercio al por menor".

En resumen, los restaurantes deben cobrar los recipientes de plástico de un solo uso al igual que tenemos que abonar las bolsas de plástico que solicitamos en un supermercado. El frecuente y repetido uso de internet y la IA nos permite tener información al instante sobre cualquier tema y también nos hace creernos sabedores de todos nuestros derechos sin profundizar en matices que luego son determinantes.

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