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El Principado ampliará las zonas tensionadas “con o sin” los ayuntamientos, si los informes así lo respaldan

El director general de Vivienda, Daniel Sánchez, asegura que el procedimiento es "tedioso", pero se trabaja con "mucha cautela"

La consejería presenta una guía para solucionar todas las dudas de los propietarios y los inquilinos

Luanco, declarada zona tensionada.

Luanco, declarada zona tensionada.

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Oviedo

La implantación de zonas tensionadas en Asturias seguirá avanzando, con o sin el respaldo de los ayuntamientos. El director general de Vivienda, Daniel Sánchez, incidió este martes en que esta competencia recae únicamente en la consejería liderada por Ovidio Zapico y dejó claro que, aunque prefieren mantener un diálogo abierto con las instituciones municipales, “se puede hacer sin ellos”.

“Todas las zonas tensionadas que hay actualmente en Asturias se acordaron con los ayuntamientos. Es el caso de Gijón, que recuerdo que aprobó la declaración de Cimadevilla y La Arena en un pleno”, afirmó. No obstante, reconoció que “ante la situación actual” la Consejería ha decidido “dar un paso más” y estudiar la implantación de zonas tensionadas en más áreas de la región. El consejero Ovidio Zapico llegó a plantear que esta expansión de las zonas tensionadas se pueda realizar de oficio.

Actualmente, están en vigor las zonas tensionadas de La Magdalena (Avilés), La Arena y Cimadevilla (Gijón), Luanco (Gozón), Arenas y Poo (Cabrales) y el núcleo urbano de Llanes, Posada de Llanes, Nueva, Poo, Barro y Celorio (Llanes).

Próximamente, arrancarán los estudios para toda la ciudad de Oviedo, así como todo Gijón y Avilés. También se analizará La Felguera, Muros y San Estaban (Muros de Nalón), La Pola y Lugones (Siero), Las Vegas y Los Campos (Corvera) y las villas de Ribadesella y Villaviciosa.

“Recalco que son estudios, pueden salir como zonas tensionadas o no. Porque no las implantamos por implantar”, defendió Sánchez. El director general aseguró que “son procedimientos tediosos” y que trabajan “con mucha cautela”, y recordó que en Asturias se incorporó una audiencia a los ayuntamientos a la que no obliga la ley estatal.

En este sentido, afirmó que prefieren sacar adelante dichas declaraciones “con el acuerdo de los ayuntamientos, pero si los ayuntamientos entienden que no tienen que resolver la situación de vivienda de los habitantes, de los ciudadanos a los cuales gobiernan, pues lo tendrá que hacer el Principado. Lo podemos hacer con ellos o sin ellos. Y la declaración de zona tensionada no hay que olvidar que depende del consejero de ordenación de territorio y de vivienda”.

También el jefe de servicio de vivienda, Chema Gancedo, defendió esta idea: “El núcleo central (de las zonas tensionadas) son relaciones privadas entre arrendador y arrendador. No estamos entrando en competencias municipales; pero, en todo caso, la competencia para declarar zona tensionada es del Principado, y viene reflejada en el estatuto de autonomía como competencia exclusiva en materia de vivienda”.

Una guía para aclarar todas las dudas

El director general y el jefe de servicio hicieron estas declaraciones durante la presentación de una guía para esclarecer todas las dudas que ha generado la implantación de zonas tensionadas. “Creemos de verdad que el rigor en la información es fundamental y con esta materia que es densa y nueva surge mucha desinformación al respecto”, afirmó Sánchez.

La guía explica, “con un detalle que no recoge ninguna otra guía de España”, en qué consisten las zonas tensionadas, qué requisitos deben cumplirse para su declaración, cuándo se aplica, a qué contratos afectada, qué beneficios fiscales conlleva alquilar en zonas tensionadas entre el 50 y el 90% en algunos casos) … Y, lo más importante, ejemplos prácticos.

Un caso. Una vivienda situada en La Magdalena (Avilés) está alquilada por 650 euros mensuales. El contrato finaliza y el propietario quiere aumentarlo hasta 850. Lo primero que se debe hacer es comprobar si el inquilino puede solicitar la prórroga extraordinaria de hasta tres años, que le permitiría mantener el precio.

Identificar si el contrato contenía cláusula de actualización del precio y si esa se ejecutó correctamente. Comprobar si existe algún supuesto el que permita un incremento adicional del precio del 10% (como, por ejemplo, obras de rehabilitación). En el caso de que sea un gran tenedor, habría que consultar el SERPAVI.

En el escenario más probable, un arrendador que no es gran tenedor, sin obras acreditadas y siendo 650 euros la última renta actualizada, el límite del nuevo contrato debe ser 650. El precio podría aumentar hasta 715 euros si se hubieran hecho obras. Por tanto, la propuesta de 850 no resultaría admisible.

La guía se puede descargar en el siguiente enlace: https://transparencia.asturias.es/documents/2213862/2215496/20260825_guia_zonas_tensionadas_Asturias_rev6.pdf/86ef1272-e178-2d7a-0a3d-2a52eb2e5922?t=1787654718382

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