Piedras Blancas,

Inés MONTES / V. M.

El secretario general del Ayuntamiento de Castrillón emitió el pasado miércoles, 5 de mayo, un informe en el que advierte de que no es posible declarar desierto el concurso de la adjudicación del agua, como propone IU. El argumento: que las propuestas fueron admitidas en su día en la mesa de contratación sin que ningún grupo municipal las excluyera. «La mesa de contratación a la vista de los informes en su día emitidos, en sesión celebrada el 2 de octubre de 2006, no excluyó ni propuso la exclusión de ninguno de los licitadores de los licitadores, valoró las proposiciones presentadas y formuló propuesta de adjudicación a favor de Aqualia», dice el secretario. Además de Aqualia, optaba al contrato Aquagest.

El informe fue emitido a petición de la alcaldesa, Ángela Vallina (IU), en relación con la propuesta que el socio mayoritario del gobierno castrillonense llevará a la comisión de Urbanismo de mañana lunes y al Pleno extraordinario del miércoles. El secretario no ha puesto reparos a la primera parte de la propuesta plenaria de IU que incluye la declaración de la nulidad del contrato firmado con Aqualia, como exige el juez en el auto judicial.

El segundo punto de la propuesta que IU llevará al Pleno propone «declarar desierto el contrato para la gestión integral del servicio de aguas en el Ayuntamiento, porque las dos únicas propuestas recibidas presentan anomalías y no se ajustan a lo establecido a los pliegos».

Ese punto es el que el secretario municipal rechaza porque aduce que para declarar desierto el concurso tienen que estar motivada la propuesta. «El órgano de contratación puede declarar desierto el concurso, aunque por aplicación de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la resolución ha de ser motivada y, como concreta el texto refundido de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, motivándola con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuren en el pliego».

La jurisprudencia, dice el secretario municipal, viene manteniendo la necesidad de que el acuerdo para declarar desierto un concurso público debe motivarse suficientemente y que tal declaración no es posible cuando existan licitadores que cumplan los requisitos exigidos en los pliegos. «La ley de Contratos del Sector Público de 2007 dice que el órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego».

El secretario considera que deberán ser otros técnicos competentes en la materia los que informen sobre el apartado de la propuesta de la Alcaldía «en la que se alude a la prueba pericial practicada por el juzgado, dictámenes e informes de los que ha sido incorporada fotocopia al expediente, y desconocemos la fecha de incorporación de estos documentos al expediente administrativo de contratación». Y, concluye que al ser documentos en los que se analiza documentación técnica de las ofertas «deberían ser analizados y valorados por técnicos competentes en la materia».