El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Oviedo ha condenado al Ayuntamiento de Avilés y a su aseguradora al pago de unos 20.000 euros a una avilesina que sufrió una caída por culpa de un bordillo roto frente a la Casa Consistorial, en plena plaza de España. La mujer, que a consecuencia del incidente ha perdido movilidad en el hombro izquierdo, sufrió la caída el 20 de enero de 2014. Desde entones ha transcurrido casi un año y medio, y el bordillo sigue todavía hoy en el mismo estado. El juez sostiene que "las administraciones públicas tienen la obligación inexcusable de mantener las vías públicas abiertas a la circulación peatonal y viaria en condiciones tales que la seguridad de quienes las utilicen esté normalmente garantizada". Y concluye que el Ayuntamiento de Avilés no ha hecho los deberes en este caso.

La abogada de la damnificada, Diana García, defendió ante el juez que la caída se produjo por el mal estado de la calle, en concreto por una irregularidad en la plataforma de la plaza al faltarle parte de un peldaño. La mujer hizo un mal apoyo en ese lugar y se cayó al suelo, y García responsabilizó al Ayuntamiento "por incumplimiento de su obligación de mantener la acera en condiciones de seguridad para los viandantes".

El representante legal del Ayuntamiento, por su parte, sostuvo que la irregularidad "era mínima" y que tiene "entidad suficiente como para rebasar el estándar de rendimiento exigible al funcionamiento del servicio municipal de mantenimiento de las vías". Así, defendió que la culpa de la caída fue de la peatón.

El juez expone en la sentencia que el desperfecto en cuestión se encuentra "en el pleno centro" de la ciudad, y por tanto está en un "espacio de importante tránsito", por lo que "el deber de mantenimiento, conservación y vigilancia razonable es más acusado". Y apelando a la jurisprudencia, recuerda en su sentencia que no se permite que las vías públicas abiertas a los peatones presenten dificultades u obstáculos a la circulación, como agujeros, depósitos de arena y otros de materiales; y en caso de haberlos, tienen que estar señalizados de forma adecuada, o adoptarse las medidas necesarias para prevenir consecuencias como las de este caso en cuestión.

La mujer reclamó 24.975 euros por los daños sufridos: pérdida de movilidad en el hombro izquierdo, 37 días impeditivos, perjuicio estético y por el gasto que le acarrearon las sesiones de fisioterapia (1.102 euros).

El juez condena solidariamente al Ayuntamiento de Avilés y a su aseguradora al pago a la demandante de 17.482 euros más los intereses correspondientes, por lo que le tendrán que abonar unos 20.000 euros. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso.