La magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de Avilés, Elena Fernández González, ha condenado este lunes a Liberbank a devolver a dos de sus clientes 2.493,25 euros que la entidad les había reclamado en concepto de comisiones por reclamación por descubierto (números rojos).

La jueza razona la condena en el hecho de que el banco asturiano no ha acreditado "que tales cargos hayan obedecido a servicios prestados". Rechaza, en los mismos fundamentos de derecho, que "sea suficiente" el hecho que alega la empresa de que sus clientes "siempre fueron conscientes de tales cargos". Y es que, continúa la jueza, los clientes tienen derecho a "reclamar la devolución de las cantidades indebidamente abonadas al no estar prescrita la acción". Y recuerda a la compañía bancaria que es "necesario también que las comisiones respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos, supuesto que no concurre en este caso".

Los dos ciudadanos presentaron una demanda contra el banco al entender de que este se había sobrepasado reclamándoles casi 3.000 euros en comisiones por presentar descubiertos en diferentes períodos de los años que van desde 2008 a 2015. La jueza advierte en su fallo que la empresa tendrá que devolver el dinero reclamado, "una cantidad que se verá incrementada con el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda" y hasta la fecha, precisamente, de la sentencia. Además, el banco tiene que hacerse cargo de las costas procesales, es decir, que tendrá que pagar al abogado de los dos afectados, Celestino García Carreño.

El banco había defendido que el abono de las comisiones por descubierto eran legales porque, según adujo, los clientes "eran perfectamente conocedores". La jurisprudencia previa rechaza este argumento: las comisiones tienen que ser acordes a las gestiones desarrolladas. Y este no es el caso.