Un exjugador del Avilés ha sido condenado a un año de prisión por la difusión de un vídeo de contenido sexual explícito que corrió como la pólvora por las redes sociales en enero de 2015. La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo concluye que el deportista cometió un delito de lesiones psíquicas sobre su amante -como consecuencia del envío de la grabación, la mujer tuvo que someterse a tratamiento psicológico- y, además de los doce meses de cárcel, le impone el pago de las costas del procedimiento. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante la Audiencia Provincial.

El fallo recoge como hechos probados que la mujer mantuvo una relación extramatrimonial con el acusado, con diversos encuentros sexuales en un piso de Oviedo. En uno de esos encuentros, entre finales de agosto y principios de septiembre de 2014, el futbolista propuso a la chica grabar un vídeo con su teléfono móvil mientras practicaban sexo. "Ella accedió como parte del disfrute mutuo y, una vez hubieron concluido, pidió al acusado que lo borrara, simulando él que eliminaba el vídeo", recoge la sentencia.

El acusado, en cambio, guardó la grabación en su teléfono móvil y la chica, prosigue la sentencia, rompió con el futbolista unos meses después. El jugador, "con ánimo de perjudicarla, transmitió la grabación a principios de enero de 2015 a un número indeterminado de personas, alcanzando el vídeo una gran difusión y haciéndose eco del mismo los medios de comunicación y las redes sociales", concluye la magistrada.

La juez subraya que, como consecuencia de la propagación del vídeo de contenido sexual, "el entorno familiar, personal y laboral de la mujer tuvo conocimiento del mismo, fue visionado por muchas personas y salió a la luz su relación extramatrimonial". La chica sufrió como consecuencia de estos hechos "adelgazamiento, apatía, insomnio, nerviosismo y aislamiento social" y los médicos le diagnosticaron "trastorno adaptativo mixto", teniendo que someterse a tratamiento farmacológico. Llegó a estar de baja 106 días, recoge la sentencia. La magistrada destaca que "el trastorno" que experimentó la mujer (acusación particular en el procedimiento) "fue consecuencia directa de la difusión del vídeo de contenido sexual que tan gravemente afectó a su intimidad".

El futbolista aseguró en enero de 2015 a este periódico que no fue él quien difundió el vídeo ("alguien me cogió el móvil y subió el archivo a la red para fastidiarme", dijo). En el juicio, trascendió que el 7 de febrero de 2015 fue borrado todo el contenido del móvil del acusado, que negó haber sido el autor de esa acción. Dijo que se le había caído el teléfono y atribuyó el borrado a su reparación en una tienda de telefonía. Pero la magistrada sostiene que su versión "carece de la más mínima credibilidad" y concluye que, si bien el futbolista también padeció ansiedad al hacerse público el vídeo, eso "no excluye que haya sido él quien lo difundió en un impulso del que posteriormente y obviamente tuvo que arrepentirse, al verse afectado él mismo por las consecuencias de sus propios actos".