La conductora que atropelló mortalmente al castrillonense F. A. M. en Raíces Nuevo en 2016 ha sido absuelta al entender el juez que la mujer no cometió una imprudencia en la conducción, como defendía la Fiscalía, y que en el trágico siniestro influyeron cuestiones como "las condiciones de la vía y las meteorológicas". El Ministerio Público pidió para la procesada una pena de año y medio de cárcel y retirada del carné durante dos, mientras que la defensa, a cargo de Francisco Manuel García Fernández, solicitó la libre absolución.

El accidente se produjo a las 18.26 horas del 4 de enero de 2016 en un paso de peatones de la calle Juan de Austria de Raíces Nuevo. La mujer, según la sentencia, circulaba en su "vehículo en perfectas condiciones técnicas y de mantenimiento" cuando a la altura del número 54 atropelló en un paso de cebra a F. A. M., de 89 años. La conductora no consiguió detener el coche a tiempo de evitar el atropello, arrastrando al peatón a lo largo de una distancia de unos cinco metros desde el punto de colisión. El hombre cayó sobre la calzada, golpeándose con la cabeza en el asfalto. Falleció unas horas después en el Hospital San Agustín.

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés destaca que "en el momento de los hechos se registraban malas condiciones atmosféricas, con abundante lluvia". "El accidente se produjo en horas nocturnas de la tarde con visibilidad natural nula. Asimismo, el paso de peatones carecía de señalización vertical que lo reforzara y de luz artificial de alumbrado público que lo iluminara directamente", concluye. Es más, en el juicio quedó acreditado que, tras el accidente, se modificó la señalización del paso de peatones mediante la colocación de un mástil, con cuatro puntos de iluminación por cada sentido, así como una señal de peligro luminoso. También se colocó una señal de peligro y se repintaron las líneas de detención y de paso de los peatones.

"Si bien es cierto que las condiciones de la vía y meteorológicas obligaban a extremar la precaución en la conducción, no cabe obviar que la velocidad a la que circulaba la acusada era menor a la permitida en la vía (50 kilómetros por hora), no existen huella de frenada y la señalización e iluminación del paso de peatones era muy deficiente, lo que ha sido corregido con posterioridad al accidente de autos por parte de la autoridad municipal", concluye el juez en su sentencia, que no es firme y puede ser recurrida.