Una pena de 25 años de cárcel y 10 años de libertad vigilada es la pena que reclama la Fiscalía del Principado de Asturias para Julio Pardo, el pastelero avilesino acusado de matar a su mujer, Susi Amores, en enero de 2016. El matrimonio regentaba desde 2012 la confitería La Duquesita, en la calle Fernández Balsera. La Fiscalía solicita asimismo la apertura de juicio oral.

La explotación del negocio familiar, que no generaba los rendimientos económicos pretendidos por el matrimonio, provocaba situaciones de tensión y conflicto entre ellos, agravadas además por la mala relación que, desde hacía tiempo, existía entre la mujer y sus suegros. Por tales motivos, en alguna ocasión ella propuso al acusado la posibilidad de dejar la confitería y abandonar Avilés, a lo que él se negó, imponiendo finalmente su criterio.

Según el relato del Ministerio Fiscal, el lunes 25 de enero de 2016, el acusado y su esposa fueron a cenar a un restaurante de la calle San Francisco, de Avilés, y regresaron a su domicilio en torno a las 23:00 horas. Tras conversar un rato, Susi Amores se acostó. "Sobre las 04:00 horas ya del día 26, el acusado se dirigió al dormitorio conyugal y, encontrándose A. A. P. dormida, sin mediar palabra, de forma súbita e inesperada, le propinó, con una llave inglesa, numerosos golpes en la cabeza, dejándola inconsciente. Aprovechando esta situación de aturdimiento, que eliminaba cualquier posibilidad de defensa de la mujer, el acusado continuó golpeándola reiteradamente, fundamentalmente en la cara, provocándole un politraumatismo craneoencefálico severo que determinó su fallecimiento", detalla Fiscalía.

La alta condena solicitada se vincula a la convicción de que el acusado, al golpear a la víctima, "pretendía de manera consciente y deliberada, además de causarle la muerte, producirle un extraordinario y desmedido dolor, provocándole males innecesarios para conseguir ese resultado".

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato del artículo 139.1.1ª y 3ª y 2, en relación con el artículo 140 bis del Código Penal, con las agravantes de desprecio de género y parentesco, y solicita que se condene al acusado 25 años de prisión, inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena, así como la medida de libertad vigilada por un período de 10 años con cumplimiento de las siguientes medidas: obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos; comunicar inmediatamente en el plazo y por el medio que se establezca cualquier cambio de domicilio o lugar de residencia; prohibición de aproximación a los padres y hermanos de la víctima, así como prohibición de comunicación con ellos por cualquier medio; y prohibición de residir en el territorio de la comunidad autónoma del Principado de Asturias.

Además, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice con 100.000 euros al padre de la víctima y con otros 100.000 euros a la madre, y con 50.000 euros a cada uno de sus cinco hermanos, más los intereses legales.