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Condenan a la banca a devolver también el tributo por la constitución de hipotecas

Un juez de Avilés concluye que el impuesto asociado al crédito hipotecario es abusivo, lo considera nulo y emite sentencias favorables a los clientes

Condenan a la banca a devolver también el tributo por la constitución de hipotecas MARA VILLAMUZA

Un juez avilesino concluye que el tributo asociado a las hipotecas -el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados- es abusivo y está condenando a los bancos a devolverlo a los clientes que reclaman. La Audiencia Provincial condenó recientemente a una entidad a devolver los gastos de notaría y registro a una clienta avilesina que venía defendiendo que la cláusula de gastos de las escrituras de hipoteca es abusiva, pero rechazó el reintegro de los gastos derivados de los tributos al considerar que éstos no infringen la Ley de Consumidores y Usuarios. La mujer recurrirá en casación al Supremo.

No obstante, el titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Avilés ha dictado en los últimos días al menos dos sentencias en las que condena a dos bancos a devolver a unos clientes importantes sumas por cláusulas que ve abusivas, y entre ellas figura el impuesto asociado al crédito hipotecario. Sendos fallos no son firmes, y está previsto que las entidades demandadas presenten recursos ante la Audiencia Provincial.

El juez Ricardo Badás apela en su sentencia a otra del Tribunal Supremo que concluye que la cláusula que grava los tributos del préstamo hipotecario es abusiva "por limitar los derechos que sobre la distribución de la carga tributaria estaban previstos en la legislación fiscal".

El magistrado estima en su integridad la demanda que interpuso Celestino García Carreño solicitando la nulidad de varias cláusulas de un préstamo hipotecario suscrito hace diez años por unos clientes: comisiones de apertura y por descubiertos, los intereses de demora, los gastos de notaría y registro y también el impuesto de actos jurídicos documentados. Condena el banco a devolver 4.000 euros.

Lo mismo ocurre con otra sentencia relacionada con una hipoteca suscrita en 2010 por otros avilesinos, representados en este caso por Alberto Zurrón. En este caso el banco en cuestión tendrá que devolver 3.885 euros a unos clientes al anular varias cláusulas. En esa suma están incluidos también "cuantos gastos se ocasionen con motivo del préstamo". El banco recurrirá el fallo de primera instancia.

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