La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Un corverano logra que el Supremo vea "abusivo" el impuesto de la hipoteca

El fallo del alto tribunal reconoce malas prácticas con el tributo, pero no obliga a los bancos a devolver el dinero cobrado a sus clientes

Celestino García Carreño. R. SOLÍS

Era una de las sentencias más esperadas por bancos y consumidores y, tras ella, están un corverano y un abogado avilesino. El Tribunal Supremo notificó ayer un fallo que concluye que el impuesto derivado de la constitución de la hipoteca (el gasto del impuesto de actos jurídicos documentados) es una cláusula "abusiva", pero libra al banco de devolver todo lo cobrado de más por ese concepto, como pedía el letrado avilesino Celestino García Carreño.

De la sentencia en cuestión se lleva hablando hace semanas (la respuesta del Supremo tendrá consecuencias en miles de hipotecados), pero no se notificó hasta ayer por la tarde. "Desde el día 28 de febrero no tuvimos más información al respecto que la nota de prensa que se puso en conocimiento de los medios de comunicación, y que fue comunicada por el Tribunal Supremo media hora antes que a las partes. Me sorprendió que a partir de ese momento, y con una nota de prensa de unas pocas líneas, salieran a la palestra a comentarla mucha gente, abogados de asociaciones de consumidores, o de despachos privados valorando y haciendo creer a la gente que era un asunto llevado por ellos", señaló ayer Carreño, tras recibir la notificación de la sentencia.

El caso se tramitó en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Avilés, una demanda en la que un corverano pedía la nulidad por abusividad de la cláusula de gastos de dos hipotecas y la devolución de lo todo lo cobrado por el banco por los gastos del préstamo hipotecario relativos a notaría, registro, gastos de tramitación e impuestos. El corverano recurrió a la Audiencia Provincial, que únicamente no reconoció la abusividad del impuesto derivado de la constitución de la hipoteca.

El letrado Celestino García Carreño llegó hasta el Supremo, que ha estimado parcialmente su recurso. La sentencia recoge que "la cláusula" en cuestión "es abusiva, y no solo parcialmente, como resuelve la Audiencia Provincial, sino en su totalidad, en cuanto que sin negociación alguna atribuye al prestatario/consumidor el pago de todos los impuestos derivados de la operación".

Pero el Supremo da una de cal y otra de arena al hipotecado corverano, ya que no le concede la devolución del dinero. "Si la cláusula es abusiva, el derecho español dice que hay que restituir todo lo pagado por el consumidor. Así se expresó la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con la cláusula suelo", apuntó el abogado. García Carreño insiste en que "el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dice que hay borrar todo efecto producido por la aplicación de una cláusula abusiva. En esta sentencia el Supremo no hace caso, extirpa del contrato la cláusula pero luego dice que el consumidor tiene que pagar los gastos del impuesto. "Entiendo que no cabe recurso directo en la materia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero cabe la opción de que algún juez nacional plantee una cuestión perjudicial que abriera la vía a que se pronuncie el Tribunal Europeo al considerar que la decisión atenta contra la normativa comunitaria en materia de consumo", concluyó el letrado.

Compartir el artículo

stats