Los dos gerentes de la empresa Roces entre 2006 y 2013 estafaron "puestos de común acuerdo" 5.755 veces al Consorcio de Transporte del Principado de Asturias y, por eso, ambos (padre e hijo) han sido condenados a dos años de cárcel cada uno y a abonar al ente público 3.461,5 euros en concepto de responsabilidad civil. Todo esto recoge la sentencia

La manera de llevar a cabo la "estafa continuada", tal y como la califica el juez, fue así: "Adquirieron tarjetas Bono 10 y, tras recargarlas, las cancelaban en los equipos instalados en los autobuses o en las oficinas de la empresa". Estas tarjetas las adquieren los usuarios del transporte por carretera. Permiten bonificar el billete y, además, usarlo en un transbordo si el cambio de un coche a otro se celebra dentro de un tiempo tasado. La bonificación al viajero la compensa el CTA a cada una de las empresas adscritas a razón de 0,39866 euros "por cada una de las cancelaciones de las tarjetas" y a razón de 1,288660 "cuando la cancelación tenía la consideración de transbordo".

El juez relata que también participaron en la estafa planeada por los dos empresarios varios empleados de la compañía "a sus órdenes". El magistrado vio una estafa claramente el 4 de febrero de 2011, cuando ya llevaban tres años engañando al CTA. Entonces, dice el juez, se recargaron 14 tarjetas bono 10 con 50 viajes cada una de ellas. La operación se realizó entre las 12.57 y las 13.05 horas. Inmeadiatamente después fueron utilizadas "para simular viajes de personas ficticias en las líneas abiertas en los equipos portátiles de la misma empresa".

Para el juez, el comportamiento de estos "hipotéticos viajeros" no se puede considerar como "racional o lógico". En la sentencia se ahonda en este punto: "... grupos de hasta 50 personas tendrían que haberse desplazado juntas realizando a diario viajes en una línea, para inmediatamente pasar a otra y después a otra y así sucesivamente". Y no lo ve "racional" porque la empresa no justificó este movimiento de personal con "la existencia de de algunos servicios de refuerzo". Casos como el de aquel día, apunta el juez en su sentencia, "son tan numerosos que resulta físicamente imposible reflejarlos todos en esta resolución".

La sentencia destaca además que el Consorcio de Transportes de Asturias retiró a la empresa Roces el servicio que realizaba entre Avilés y Gozón. "No se trata de una represalia o venganza del Consorcio de Transportes contra la empresa Roces, tal y como tratan de aparentar las defensas, sino de una obligación que incumbía a aquel organismo público en defensa de los intereses generales y también del erario público. Lo contrario hubiera supuesto una grave irresponsabilidad del Consorcio, rayana en la prevaricación administrativa", señala el juez.

Los dos empresarios procuraron justificar su actuación apoyándose en los testimonios de tres de sus empleados que, para el juez, "resultan escasamente creíbles". El magistrado apunta que le sorprende "el limitado criterio cuantitativo a la hora de seleccionar a los testigos de descargo". Y es que la empresa daba empleo en los años en que se realizó la estafa a entre 25 y 30 y trabajadores. Se da la circunstancia, además, de que "existen indicios" de que uno de los tres testigos "faltó a la verdad" en el plenario cuando dijo que nunca había recibido órdenes de cancelar los viajes. En la instrucción hay un correo electrónico en el que se le ordenaba participar del fraude. La sentencia puede ser recurrida.