La palabra "no" fue la que más empleó ayer en su declaración en sala judicial el joven avilesino de 19 años acusado de haber agredido sexualmente, causado lesiones y robado el teléfono móvil a una vecina de Bustiello que paseaba el perro cerca de su casa a eso de las 13.45 horas del día 24 de febrero de 2018. No conocía a la mujer, no sabe dónde estuvo en las horas previas a los hechos juzgados, no era consciente de sus actos, no sabe cómo llegó a su casa ni con quién... Es decir, que no recuerda nada de aquel día y a su modo de ver eso es porque había salido la tarde del día anterior de fiesta por Oviedo con un amigo, consumido cocaína y bebido "varias jarras de Jägermaister con Red Bull". O sea, que iba "muy puesto".

El acusado confesó abiertamente que fue a Oviedo con la intención de pasarlo bien, bailar y "colocarse". Aseguró que nunca antes le había ocurrido lo de perder la consciencia y la memoria y su abogado, José Ramón Nistal, poniendo los mimbres para construir una circunstancia atenuante de los presuntos delitos cometidos aquel día por su cliente, especuló con la posibilidad de que el chaval sufriera lo que los médicos llaman "blackout", una desconexión mental derivada de la ingesta abusiva de alcohol y drogas.

Pese a que el acusado de agredir sexualmente y golpear a la vecina de Bustiello -previo intento infructuoso de darle dinero a cambio de sexo- dice que no recuerda nada, las pruebas físicas lo incriminan. Se hallaron restos orgánicos de la mujer agredida en la ropa que vestía el día de autos -aunque la defensa impugnó esta prueba por la forma en que fue conseguida- y la víctima logró identificarlo cuando le enseñaron fotografías de chavales latinos que viven en Avilés. Ayer mismo, en sala de vistas del Juzgado, volvió a identificarlo mirándole a la cara.

La mujer que sufrió el ataque lo recreó con todo detalle a preguntas de la fiscal. Relató que se cruzó con el acusado en un descampado cercano a su casa, que éste la siguió, que le decía cosas a las que no prestó atención, que ella aceleró el paso para tratar de dejarlo atrás pero que, en un momento dado, se le puso delante y le ofreció dinero a cambio de sexo. Entonces le dijo que se equivocaba de persona y trató de seguir andando, momento en el que el joven le tocó los pechos. La reacción de la mujer fue subir el tono de voz y empujar al chaval, que reaccionó dándole un puñetazo en la cara que la derribó.

"Empezó a pegarme patadas en la cabeza; eran fuertísimas. Pensé que si me daba otra más me mataba y no sé ni cómo me logré levantar e ir hacia un callejón, donde me alcanzó y me lanzó contra un muro. Caí de nuevo y él me tocó de nuevos los pechos -también la entrepierna- y trató de desabrocharme el pantalón", relató la víctima. El ataque cesó cuando entró en escena un vecino que oyó los gritos de auxilio de la mujer. Este hombre declaró que vio salir corriendo del lugar a una persona, pero que no pudo verle la cara.

La acusación trató de hacer ver que el agresor no iba tan "puesto" como quiere dar a entender -"fue capaz de escapar corriendo al verse sorprendido", apuntó la fiscal-, a lo que la defensa opuso los testimonios de la madre y la entonces novia del acusado, ambos coincidentes en que cuando el joven llegó ese día a casa a eso de las 3 de la tarde "no parecía él". "Estaba muy excitado", "jamás le había visto así", "tenía las pupilas fuera de sí" y "decía y hacía tonterías sin parar", declararon las testigos.

Concluida la toma de declaraciones, la Fiscalía se ratificó en la comisión de un delito de agresión sexual por el que pide una condena de tres años, un delito de lesiones (otros tres años) y un hurto leve (dos meses de multa a razón de 12 euros diarios). La acusación particular, que ejerce la letrada Ana González , del Centro de Atención a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos (Cavasym), eleva la petición de penas a 12 años y seis meses (aprecia agravante de ensañamiento y califica la sustracción del móvil como robo). Y la defensa niega la existencia del delito de agresión sexual admitiendo la existencia de otro de lesiones, pero de menor gravedad y que debería ser penado como máximo con un año de cárcel.