La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Avilés contra la sentencia dictada el 14 de junio de 2019 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Oviedo (a raíz de una demanda del sindicato USIPA) y que da por finalizada la comisión de servicio en virtud de la cual el pianista Carlos Galán viene ejerciendo como director del Conservatorio de Avilés.

La sentencia conocida ayer enmaraña aún más el escenario ya de por sí complejo en el que se mueve la Fundación Municipal de Cultura para cerrar la crisis del Conservatorio: Galán no puede seguir siendo el director de la institución -al menos acogido a la fórmula de la comisión de servicio- y el proceso de selección y nombramiento de una persona para ese cargo se halla atascado por falta de apoyos políticos a la estrategia de la concejala de Cultura, la socialista Yolanda Alonso. Así las cosas, la crisis orgánica del conservatorio "Julián Orbón" se embrolla aún más y el año comenzará con la incógnita de saber cómo va a cerrarla el gobierno local avilesino.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirma en todos sus términos la sentencia recurrida por el Ayuntamiento de Avilés "por ser ajustada a Derecho" y hace expresa imposición de costas a la parte recurrente (el Ayuntamiento de Avilés) por haber sido desestimadas sus pretensiones. Contra la resolución cabe interponer recurso de casación en el plazo de treinta días.

La sentencia desestimatoria del recurso municipal reitera, una vez más en este largo pleito judicial, que "no estamos ante un simple funcionario, sino ante el director del Conservatorio Superior de Música, (un centro) sobre el que tiene competencias directas el Principado de Asturias", por lo que "la selección y nombramiento (de director) se ejecutará mediante concurso de méritos entre profesores y profesoras funcionarios de carrera que imparten alguna de las enseñanzas encomendadas al centro".

En cuanto a la cuestión de fondo a aclarar, la duración de la comisión de servicio de Carlos Galán, el tribunal reseña que "ocupa el puesto de profesor de piano desde el 1 de septiembre de 2016, en comisión de servicios, hasta la emisión de la certificación municipal de 9 de abril de 2019, por lo que se ha superado con creces el tiempo máximo de la comisión de servicios, fijado en dos años conforme a la ley asturiana".

El Ayuntamiento argumentó que, en realidad, Galán está haciendo una segunda comisión de servicios, a lo que el tribunal replica invocando la sentencia de 23 de marzo de 2017 que acordó anular la supuesta segunda comisión de servicio de Galán como profesor de música "por no ser ni urgente ni aplazable la necesidad de su nombramiento sin concurso abierto". Y en ese sentido, la Sala concluye que "no ha habido interrupción alguna en el ejercicio del cargo de director y de profesor de piano desde el 1 de septiembre de 2016, existiendo una comisión de servicios de forma continuada y activa". Y ya expirada.