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La Justicia prohíbe ejercer su profesión a un hostelero que se excedió con el ruido

El titular de un bar de Sabugo denunciado por exceso de decibelios ha sido inhabilitado para regentar locales de ocio con música amplificada

La Justicia prohíbe ejercer su profesión a un hostelero que se excedió con el ruido

Un hostelero avilesino que había sido denunciado por un vecino quejoso con el ruido que emitía su bar ha sido condenado como autor de un delito contra el medio ambiente por contaminación acústica a una pena de inhabilitación profesional que le impedirá dedicarse profesionalmente a la actividad de bar con música amplificada durante el plazo de un año y seis meses. Así lo ha decidido la Audiencia Provincial en una sentencia que estimó parcialmente el recurso de apelación del hostelero contra el fallo, igualmente condenatorio, del Juzgado de lo penal número 2 de Avilés.

Los magistrados estiman, precisamente, la apelación del empresario en el apartado referido a la inhabilitación profesional: el juzgado avilesino impuso una inhabilitación absoluta "para la actividad de hostelería" -lo cual sería tanto como dejar al hostelero sin su modus vivendi- y la Audiencia concreta más: solo se le inhabilita para regentar locales con licencia para música amplificada, en concordancia con el fondo de los hechos juzgados.

Aparte de modificar el carácter de la inhabilitación, la Audiencia Provincial deja en todos sus términos el resto de la pena que dispuso el Juzgado de lo penal número 2 de Avilés para castigar al hostelero: 16 meses de prisión e inhabilitación para el sufragio pasivo durante ese tiempo, 12 meses de multa a razón de una cuota de seis euros diarios (2.160 euros en total) y, además, por tres delitos de lesiones, el pago por cada uno de tres meses de multa con cuota diaria de seis euros (en total 1.080 euros) y la obligación de indemnizar a las víctimas del exceso de ruido que generaba su local con la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los perjuicios irrogados y sus posibles secuelas de índole sanitario. Este fallo puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

Los hechos juzgados y castigados remiten a la denuncia que interpuso en 2018 un vecino de la calle La Estación (barrio de Sabugo) contra un hostelero que regentaba un local en el bajo del edificio por los ruidos que generaba el establecimiento, una molestia que, según confirmó el forense en su informe, llegó a afectar a la salud del denunciante y a la de su familia (esposa e hijo). Representado en esta causa por la letrada Lía Lemos Massó, el vecino víctima del exceso de decibelios de un bar de copas había probado en la sala penal de Avilés que, en principio y después de aguantar pacientemente "durante meses" el ruido, había tratado de arreglar el asunto "por las buenas". Fracasada esa vía optó por hacer lo que el hostelero le dijo un día: "Llama a la Policía". Lo hizo hasta 21 veces entre abril de 2017 y enero de 2018, según consta en el expediente judicial.

Los residentes en la vivienda afectada por el ruido excesivo del local de ocio adujeron problemas de salud como insomnio, vértigos y cefaleas que remitían cuando cesaba la exposición al foco ruidoso. La autoridad municipal -competente en materia de ruido- determinó mediante inspecciones que los niveles sonoros superaban, efectivamente, los permitidos (llegaron a hacer mediciones de 97 decibelios) y, en consecuencia, ordenó sucesivamente la suspensión del funcionamiento del equipo de música -"medida que no se cumplió", según la sentencia- y el cese de la actividad del bar, que fue precintado. La supuesta rotura de esos precintos será, ahora, objeto de otro proceso judicial.

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