La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Consultivo desestima una demanda por las secuelas derivadas de un ictus

La litigante solicitaba una indemnización “por el daño moral originado con ocasión del tratamiento recibido”

La sanidad es lo que más duele a los asturianos. Y este tipo de consultas son las más numerosas entre las formuladas ante el Consejo Consultivo del Principado por asistencias defectuosas recibidas en los centros sanitarios públicos de la región. Una de las últimas que ha sido desestimada guarda relación con un matrimonio vinculado al área sanitaria avilesina que solicitaba una indemnización de 100.000 euros “en compensación por daños y perjuicios por habernos mentido y por no habernos atendido correctamente a mi marido y a mí”. Los hechos que llevaron al Consejo se remontan al 31 de julio de 2019, cuando la esposa de un paciente presenta en el registro del hospital un formulario de hoja de reclamaciones en el que realiza una solicitud de indemnización por daños y perjuicios ocasionados a su marido y a sí misma “por desmotivación, injurias, mentiras y mala atención por parte de los profesionales sanitarios de un centro público por las secuelas derivadas de un ictus y por el daño moral originado con ocasión del tratamiento recibido”. Expone asimismo que su cónyuge “sufre graves secuelas producidas por un ictus” y que para su rehabilitación acudió a una clínica privada . Señala, según el escrito del Consejo Consultivo, que pese al evidente progreso que este tratamiento supone “cada vez que acude al hospital nos desmotiva a los dos diciendo que no va a mejorar y que está igual que al principio de su enfermedad cuando no es así, pues se han ido observando mejoría”. Añade el texto: “A consecuencia de esta desmotivación producida cada vez que acude al hospital se observan retrocesos cuando va a la clínica de rehabilitación y presenta episodios de depresión teniendo por ello que acudir a un psicólogo privado, recurso que también ha debido dirigirse la reclamante dada la afectación que le suponen esos comentarios”. Afirma, la demandante, que la situación en la que se encuentra el perjudicado se debe “a una negligencia médica que ha sido reconocida verbalmente por los propios médicos”, pero que “no se puede demostrar ante los tribunales”. En un análisis de 16 páginas, el Consejo Consultivo del Principado se posiciona: “Debemos concluir que la efectividad del daño no resulta acreditada, no siendo posible presumir su existencia, ni siquiera indiciariamente, a la luz de la naturaleza de los hechos producidos”. Y dictamina que no procede declarar la responsabilidad patrimonial y desestima la reclamación.

Compartir el artículo

stats