La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El juez obliga a devolver fincas expropiadas a los dueños del camping de Bañugues

El TSJA sostiene que el Principado no ejecutó el proyecto de adecuación ambiental de la playa para el que expropió los terrenos en 2009

Instalaciones del camping de Bañugues el verano pasado. | Mara Villamuza

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) obliga a la Administración regional a devolver las fincas expropiadas a los propietarios del camping de Bañugues, ubicadas en las inmediaciones de la instalación turística, al no realizar las obras previstas en el proyecto de adecuación ambiental del entorno del arenal gozoniego en aplicación del Plan territorial especial de ordenación del litoral asturiano (POLA).

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA considera relevante que “desde el 18 de diciembre de 2009 que quedaron los terrenos expropiados a disposición de la Administración autonómica para su uso para la finalidad que fueron expropiados, esas fincas permanecen invariables y sin realizar obra alguna”.

En junio de 2004 se firmó un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Gobierno del Principado para la gestión integral del litoral asturiano. En 2009, la Comisión de urbanismo y ordenación del territorio de Asturias (CUOTA) aprobó la expropiación forzosa por tasación conjunta para ejecutar el proyecto de adecuación ambiental del entorno de la playa de Bañugues. En diciembre del mismo año se levantaron las actas de ocupación y el justiprecio de las dos fincas expropiadas a los propietarios del camping se estableció en un total de 77.404,68 euros. Los dueños del suelo –representados por el letrado Javier Junceda– presentaron dos advertencias de solicitud de reversión en 2012 y 2018.

La sentencia del TSJA considera que “consta que los terrenos permanecen invariables y sin realizar obra alguna, y lo que es más relevante, tampoco se ha acreditado la existencia de obra, instalación o servicio ejecutado en los terrenos aledaños y vinculado al posible fin común o compartido que legitimó la expropiación”. El acta notarial levantada el 23 de julio de 2019 refleja “con fotografías y planos, los terrenos expropiados y ocupados pero liberados de toda actividad pública, sin obra pública o servicio alguno”.

La sentencia refleja asimismo que el Principado no ha demostrado el inicio de las obras para la que se expropiaron las fincas y añade que “si se tratase de las obras del proyecto de adecuación ambiental del entorno de la playa de Bañugues, las mismas se realizarían en terrenos ajenos a la titularidad del principado y no se impediría la reversión”. El principado tiene 30 días para presentar recurso de casación que, de ser admitido, deberá resolver el Tribunal Supremo.

Compartir el artículo

stats