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Ausentarse de la mesa electoral, penado con hasta 2.800 euros

La Fiscalía solicita una multa económica y el abono de las costas del proceso para el acusado de no cumplir con sus obligaciones como vocal en Cudillero en los comicios de 2019

Una mesa electoral. EP

No cumplir con las obligaciones de una mesa electoral puede costar muy caro. La Fiscalía del Principado de Asturias, en su sección territorial de Avilés, solicita una multa de 2.880 euros para el acusado de no presentarse a la mesa electoral a la que había sido convocado en Cudillero en mayo de 2019. La vista oral está señalada para hoy, miércoles, en el Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés, a las 11.45 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado fue designado como primer vocal de la mesa electoral número 1-5 B de Cudillero en las elecciones del 26 de mayo de 2019. Pese a tener conocimiento del nombramiento, así como de que debía de acudir a la mesa electoral al no habérsele admitido la excusa que había presentado el día 23, el acusado no compareció, sin causa justificada. Y, por consiguiente, tuvo que ser sustituido por otro vocal.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de abandono o incumplimiento en la mesa electoral que viene recogido en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. Por ello, el Ministerio Público solicita que se condene al acusado a doce meses de multa con una cuota diaria de 8 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como el abono de las costas causadas en la presente causa.

A finales del año pasado se dictaba sentencia en Almería de una caso semejante. La Audiencia Provincial determinó entonces condenar a un hombre por no presentarse a desempeñar sus funciones a una mesa electoral después de que fuera correctamente convocado y notificado para participar en el proceso en las elecciones al Parlamento andaluz celebradas en diciembre de 2018. En la sentencia se impone al acusado como autor penalmente responsable de un delito electoral una pena de seis meses de multa a razón de diez euros como cuota diaria, esto es, unos 1.800 euros. Asimismo, fue inhabilitado para el derecho de sufragio pasivo por un año. El hombre había sido nombrado suplente segundo del segundo vocal en una mesa.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral precisa que el presidente y los vocales de las mesas electorales, así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses”. Aunque lo más habitual son las multas, la normativa también contempla la prisión, especialmente en el caso de que el infractor tenga antecedentes penales.

Los hechos

  • Convocatoria. Un vecino de Cudillero llamado a formar parte de una mesa electoral en los comicios de mayo de 2019 incumplió sus obligaciones. La Fiscalía solicita una multa económica de 2.880 euros.
  • Normativa. La Ley de Régimen Electoral contempla penas de entre 3 meses y un año de prisión y multas de 6 a 24 meses por ausentarse en una mesa electoral.
  • Precedentes. En Almería, a un hombre que incumplió sus obligaciones en la mesa electoral en 2018 se le impuso una multa de 1.800 euros.

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