La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Consistorio avilesino, obligado a indemnizar con 84.612 euros a una empresa por decidir “a capricho” cuánto le pagaba

El juez considera que el Ayuntamiento actuó de forma arbitraria y unilateral con la firma, que prestó servicio de mantenimiento entre 2018 y 2019

Un magistrado en un tribunal. Lne

El Ayuntamiento de Avilés deberá indemnizar a la adjudicataria del servicio de mantenimiento de los edificios, locales e instalaciones municipales entre 2018 y 2019 con 84.612,42 euros, más intereses. Así lo ha dictado el titular del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Oviedo, tras reclamación de la propia empresa, que aseguraba que el Consistorio había decidido no abonarles parte de las facturas de manera arbitraria y unilateral. El fallo, firmado el pasado 26 de octubre, es firme.

El contrato entre Ayuntamiento y la empresa en cuestión, firmado el 22 de marzo de 2018, tenía una duración de un año. En el acuerdo, adjudicado por 342.164,56 euros, la empresa se comprometía a realizar un mantenimiento preventivo y a realizar pequeñas reparaciones, así como avisos por menos de 50 euros, tanto en edificios municipales como en colegios.

Según se puede leer en la sentencia, tal y como había denunciado la adjudicataria, el Consistorio, que supuestamente no estaba de acuerdo en cómo se estaban prestando los servicios, decidió “de manera unilateral, aleatoria y subjetiva” pagar solo una parte de las facturas que les giraba la empresa.

“Se niega el abono de las facturas presentadas por la actora (la adjudicataria) con argumentos genéricos, decidiendo los responsables de los contratos sucesivos un porcentaje a abonar en cada una de las facturas por razones que, aún en este contencioso, son ignotas”, explica la sentencia que acaba de ver la luz.

El juez considera que, además de unilaterales, esas rebajas que decidió hacer el Ayuntamiento eran totalmente arbitrarias. “Llama poderosamente la atención cómo en un importante numero de casos el porcentaje que se abona sea el mismo (60%). Resulta inverosímil que el porcentaje de trabajo ejecutado dé lugar a la reducción de exactamente el mismo porcentaje en varios meses”, señala el auto.

Aún hay más. El magistrado también critica la organización con la que se llevaba el control de estas actuaciones. “Lo errático del actuar administrativo lo corrobora el control que se llevaba del cumplimiento y ejecución del contrato, donde figura unas hojas de Excel prácticamente ilegible y de las que no se puede concluir con un mínimo de certeza los trabajos ejecutados y los incumplidos por el contratista, si es que existieron”, afea el juez.

Motivación

La sentencia señala que si el Ayuntamiento consideraba que la adjudicataria no estaba cumpliendo con el contrario, la ley le ofrecía diversas opciones para penalizar a la compañía o resolver el contrato. “Entre ellas, desde luego, no se encuentra la posibilidad de reducir el precio a abonar a su capricho, sin al menos una mínima motivación, pues se desconocen las razonas por las que unas veces se abona el 60% del importe de las facturas, otras el 65%, 11%, 70% sin que conste ni se hayan aportado partes de incidencia en la ejecución del contrato ni avisos o notificaciones al respecto que justifiquen tal minoración”, vuelve a argumentar el juez, que además de al pago de los 84.612,42 euros más los intereses legales correspondientes, también sentencia que el Consistorio pague 500 euros de costas.

No es la única empresa a la que deberá indemnizar el Ayuntamiento por imperativo judicial. De las arcas municipales saldrán los 9.263,93 euros a la adjudicataria del servicio de limpieza de edificios y locales municipales entre julio de 2013 y septiembre de 2019, como compensación por una prórroga forzosa del contrato durante algo menos de dos meses. El contrato finalizó el 31 de julio de 2019, tras cuatro años y dos prórrogas anuales. En esa fecha el Ayuntamiento no había finalizado todavía la nueva adjudicación, por lo que ejecutó una prórroga forzosa del acuerdo, alegando el interés público y la necesidad de que esas instalaciones municipales estuviesen limpias.

Ante esta situación, la compañía pidió una indemnización de 9.263,93 euros, que el Consistorio rechazó abonar por entender que en agosto buena parte de los equipamientos municipales estaban cerrados y no había tanto tajo. Ahora la magistrada del juzgado de lo Contencioso–Administrativo número 2 de Oviedo considera que sí deben pagar ese montante, más los intereses y 300 euros de costas.

El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Oviedo también dio otro revés judicial al Ayuntamiento el pasado 18 de noviembre, al decretar que deberá indemnizar a una empresa de Las Arobias por haberle obligado a tirar un muro tras su reparación por, supuestamente, no ajustarse a las normas del Plan General de Ordenación. El importe de la compensación decretada por el juez es de 26.903,87 euros.

Compartir el artículo

stats