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Un avilesino, exonerado del pago de 64.048 euros de deuda con 25 bancos

“Los créditos para resolver problemas a corto plazo los acaban agravando”, advierten los abogados del deudor

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Un total de 64.048 euros. Ese es el montante total de la deuda que había contraído un avilesino con 26 bancos, y esa es la cantidad que, finalmente, no tendrá que pagar gracias al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) amparado por la Ley de Segunda Oportunidad, tal y como ha dictaminado el Juzgado número 2 de Avilés.

Según explican desde Repara tu Deuda, el despacho de abogados que se ha hecho cargo de la defensa, el afectado se había visto inmerso en una espiral de firma de créditos para tratar de pagar deudas anteriores. Esta situación se volvió insostenible. Prácticamente incontrolada. Hasta el punto de que llegó a tener deudas con 26 bancos diferentes. El total de su pasivo sumaba más de 64.048 euros.

Antes esta situación, y sin ninguna propiedad, título y dinero del que poder despojarle; es decir, sin aparente posibilidad real de poder hacer frente a estas deudas y dada la aparente buena voluntad del deudor, el Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Avilés ha decidido exonerarle de su pago. Los bancos no le cobrarán ni un céntimo más de estas deudas.

“Hay que ser cauto a la hora de solicitar préstamos. La firma de nuevos créditos que resuelven el problema a corto plazo lo acaban agravando en el futuro”, advierten desde el despacho de abogados que ha llevado el caso.

Antecedentes

Este tipo de sentencias no son nuevas. Recientemente la ley de segunda oportunidad ha servido para que un hostelero avilesino ahogado por las deudas pudiese librarse del pago de 304.392,15 euros. La sentencia, dictada por el Juzgado de lo mercantil número 3 de Gijón, argumentaba que el empresario “demostró su voluntad de querer pagar” y que había tratado de negociar un plan de pago a sus proveedores. El rechazo de este calendario de cobro fue fundamental en la decisión judicial.

Este mes también se conoció que una avilesina divorciada, sin convenio regulador y con un hijo a su cargo, logró que se le cancelara una deuda que ascendía a 88.670 euros aplicando la Ley de Segunda Oportunidad. En su caso, los pasivos los había contraído con hasta diez entidades bancarias.

Para poder acogerse al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) son requisitos necesarios que el deudor sea una persona física y que actúe de buena fe; esto eso, que haya intentado cerrar un acuerdo extrajudicial de pagos, no ser objeto de un concurso culpable y no haber sido condenado por delitos socioeconómicos.

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