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Un juez manda a prisión a un maltratador por intentar eludir el pago de su indemnización

El condenado, que debía abonar 2.331 euros a su víctima, se declaró insolvente después de que se le concediese la suspensión de la pena

Una mujer se defiende de su agresor. Lne

Una condena de menos de dos años no siempre desemboca en la entrada en prisión. La Audiencia Provincial dictó el ingreso en la cárcel de un presunto autor de un delito de violencia de género por tratar de eludir el pago de los 2.331 de indemnización que debía abonar a la víctima, tal y como dictaminó el Juzgado de lo penal número 1 de Avilés, tras condenarle por agredir físicamente a la que era su pareja en julio de 2019. Por estos hechos también fue condenado a un año y seis meses de prisión y a no poder acercarse a su víctima. Tras el fallo, el condenado sí pagó la indemnización y esquivó su ingresó en el penitenciario. Pero no por mucho tiempo. Ahora se encuentra a la espera de un nuevo juicio por, presuntamente, quebrantar la orden de alejamiento.

Todo comenzó el 25 de julio de 2019. Fue entonces cuando, tal como reconoció ante el juez, el condenado golpeó en la cara a la que por entonces era su pareja cuando se encontraban en el entorno de la ría de Avilés. La agresión se saldó con varias heridas que requirieron de atención médica. Algunas de ellas acabaron convirtiéndose en cicatrices visibles.

El caso fue juzgado posteriormente en el Juzgado de lo penal número 1 de Avilés. Fiscalía y acusado alcanzaron un acuerdo de conformidad: el agresor reconoció los hechos y aceptó una pena de cárcel de un año y seis meses y una orden de alejamiento de la víctima, a la que se comprometía a pagar una indemnización de 2.231 euros por las lesiones y las secuelas que le dejó en la cara.

Al tratarse de una condena inferior a los dos años, la defensa solicitó la suspensión de la pena para evitar su ingreso en prisión. Le fue concedida previo pago de 50 euros de los 2.231 que debía abonar a la víctima. Una vez firmado el auto que evitaba su entrada en la cárcel, el maltratador se declaró insolvente y se desentendió del pago de la indemnización.

Ante esta situación, la abogada de la víctima recurrió la suspensión de la pena, que le fue negada en primera instancia por el juzgado de lo Penal número 1 de Avilés. Posteriormente, la Audiencia Provincial sí aceptó en segunda instancia revocar este beneficio. “Naturalmente el condenado era consciente del cargo que asumía (cuando alcanzó la conformidad), y si allí manifestaba el reconocimiento de la deuda y su subsecuente enfrentamiento, la ulterior declaración de insolvencia revela una actitud utilitarista para verse beneficiado en la ejecución de la pena, que confronta abiertamente con el interés de la víctima”, dictó la sección tercera de la Audiencia Provincial.

Tal y como temía la víctima, la declaración de insolvencia del autor de los hechos no era más que una artimaña para no pagarle, pues poco después de conocerse el fallo de la Audiencia su agresor le reembolsó íntegramente los 2.331 euros de la indemnización, evitando así su entrada en la cárcel.

Pendiente de juicio

El caso, no obstante, no está completamente cerrado. Un mes después de dictarse la sentencia, la víctima denunció que el maltratador había quebrantado la orden de alejamiento que tenía sobre ella. Estos hechos están pendientes de juicio. De confirmarse la versión de la víctima y dependiendo de la posterior condena, el agresor tendría muchas opciones ahora de ingresar en prisión.

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