El magistrado del Juzgado de lo penal número 2 de Avilés ha condenado esta mañana a tres furtivos de percebe al pago de multas que suman 4.200 euros por extraer 42 kilos en Castropol sin autorización y fuera del periodo hábil de captura. Los abogados Carlos Mayo, Ángela Martínez y David Valdés llegaron a un acuerdo con la Fiscalía para rebajar las sanciones. Así, D. M. C. que era reincidente, fue condenado a una pagar ocho euros al día durante siete meses (1.680 euros), el segundo, A. A. L, tendrá que abonar ocho euros al día durante seis meses (1.440 euros) y el tercero, R. F. O., abonará una sanción de seis euros al día durante seis meses (1.080 euros). Los tres están condenados por un delito contra la flora y la fauna.

Además, cada uno de los tres furtivos condenados tendrá prohibido el marisqueo durante dos años, seis meses y un día en el caso del percebero reincidente, y dos años y un día para los otros dos.

Los tres pescadores reconocieron los hechos que se les imputa. Es decir, confirmaron que llevaban consigo 42 kilos de percebe y que carecían de autorización para su extracción. Los tres furtivos reconocieron entonces que sobre las 02.00 horas del día 9 de marzo de 2019, los acusados, de común acuerdo y a sabiendas de que no pertenecían a la Cofradía de Pescadores y de que no disponían de autorización para realizar la actividad de marisqueo, acudieron a “Los Penedos Blancos”, de Castropol, y comenzaron a extraer percebes. Los hechos fueron observados por varios agentes de Inspección y Vigilancia Pesquera de la Dirección General de Pesca Marítima, que dieron aviso a la Guardia Civil. Los agentes detuvieron los acusados, que tenían en su poder varios trajes de neopreno y bistronzas, y tres sacos de percebes, con un peso de 42 kilos, que habían extraído y escondido en el lugar.

La captura ha producido un grave daño a la sostenibilidad del recurso del percebe, al haberse realizado en zona sometida a veda y en período inhábil, siempre según el relato del Ministerio Fiscal, que considera los hechos constitutivos de un delito contra la flora y la fauna del artículo 335.2 y 4 del Código Penal.

Inicialmente, la Fiscalía solicitaba una condena de 3.600 euros de multa así como 3 años de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a la caza, pesca o actividades de marisqueo para el furtivo reincidente y para cada uno de los otros dos pide una multa de 3.150 euros y 2 años y 6 meses de inhabilitación.