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Una avilesino recupera 42.978 euros de intereses de una tarjeta “revolving”

El afectado estuvo pagando comisiones de 1996 a 2019 | “Están pensadas para que pagues de por vida”, dice la abogada Sonia Arévalo

Un datáfono en un establecimiento comercial.

Un total de 42.978,71 euros. Esa es la cantidad que deberá reembolsar la compañía Wizink a un avilesino, después de que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Avilés haya declarado nulo el contrato de la tarjeta de crédito que le unió a la compañía de 1996 a 2019, al considerar sus intereses usurarios. La tarjeta, de las conocidas como “revolving”, tenía un interés TAE de “más del doble del interés medio para préstamos de consumo” de aquella fecha.

El caso en cuestión es uno de muchos. El de un hombre que contrató una tarjeta de crédito para hacer frente a sus gastos cotidianos y acabó sumido en una espiral de pago de intereses y comisiones. En esta ocasión, el demandante contrató la tarjeta en 1996. Por aquel entonces, Citibank (compañía que posteriormente acabó siendo absorbida por Wizink) le aplicó un interés TAE del 28%, cuando en aquel año la el interés medio para préstamos de consumo era del 8,66%.

El afectado estuvo abonando intereses y comisiones hasta el año 2019, cuando liquidó el crédito con un pago único. “Si no hubiese hecho esa aportación, aún estaría pagando intereses, porque esas tarjetas funcionan de tal manera que acabas pagándolas de por vida”, explica Sonia Arévalo, abogada del afectado.

No fue hasta un año después, en 2020, cuando el avilesino decidió reclamar el crédito. El pasado marzo, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Avilés declaró nulo el contrato, al considerar que “no existen pruebas que acrediten una circunstancia excepcional que justifique el tipo de interés fijado en la tarjeta, de más del doble de la media de aquel 1996”. Hoy la sentencia es firme.

Por tanto, la compañía tuvo que devolver al afectado hasta el último céntimo cobrado por intereses y comisiones. En este caso, el montante que Wizink tendrá que devolver son 42.978,71 euros. A esa cifra hay que añadirle costas e intereses.

Cuándo reclamar

Los usuarios de estas tarjetas, llamadas “revolving”, en las que los intereses se capitalizan y la deuda se convierte en poco menos que una cadena perpetua, se cuenta por miles en España. En los últimos años han sido muchos los que han conseguido anular estos créditos en los juzgados. Pero, ¿a partir de qué tipo de interés se puede reclamar?

“En alguna parte del recibo mensual de la tarjeta ha de figurar el TAE. Si está por encima del 22% suele ser indicativo de que se puede reclamar”, explica Arévalo, sobre unos procedimientos que siempre suelen ser iguales: todo comienza con el envío de un requerimiento para pedir la cancelación, que las compañías no suelen aceptar. Es entonces cuando el asunto acaba en los juzgados. “Cada vez son más las empresas que acaban por alcanzar un acuerdo antes de pasar por sala”, afirma la letrada avilesina, especializada en este tipo de asuntos que cada vez acumulan más expedientes en los juzgados de toda España.

Frente a la horquilla del 8% o 12% de intereses que suele conllevar el crédito al consumo, el coste medio de las tarjetas de crédito revolving en marzo era del 17,91% TEDR (Tipo efectivo definición restringida, que equivale a TAE, tasa anual equivalente, sin incluir comisiones), según el Banco de España. Sin embargo, puntualizan tanto la asociación de consumidores Asufin como Asnef, este porcentaje es más bajo de lo que se aplica en realidad ya que el precio final, reflejado en la TAE, incluye gastos y comisiones adicionales como los de renovación, de seguros, de contratación, etc.

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