La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El auge de patinetes y similares preocupa a la Policía Local: “También tienen reglas”

Los vigilantes del tráfico en Avilés perciben desconocimiento normativo sobre los vehículos de movilidad personal y prevén un aluvión de multas

Una mujer en patinete

En las 48 horas transcurridas entre el mediodía del pasado viernes día 16 y el domingo 18 la Policía Local de Avilés intervino en un accidente de tráfico en la ría –un varón de 30 años que conducía un vehículo de movilidad personal (VMP) se cayó al suelo y resultó herido, debiendo ser llevado al Hospital Universitario de San Agustín–; un hombre fue sorprendido conduciendo un VMP en dirección prohibida, cuando se iba a proceder a su identificación emprendió la huida y una vez detenido agredió a los agentes intervinientes; y una patrulla imputó un delito contra la seguridad vial, por carecer de permiso de conducir, a una mujer de 21 años que conducía un artefacto con apariencia de VMP pero con características específicas de ciclomotor. Este ejemplo del protagonismo que han adquirido los VMP en las actuaciones de la Policía Local evidencia lo que se puede comprobar a simple vista: la proliferación en Avilés de vehículos eléctricos de todo tipo y naturaleza. Son los nuevos colonizadores de las vías públicas y todo apunta a que han venido para quedarse.

Gráfico

Al respecto de esta problemática, un agente del cuerpo de la Local de Avilés hace la siguiente consideración: “Desconozco los detalles de la intervención, pero a la mujer que hace unos día conducía un artilugio con aspecto de VMP que en realidad, dadas sus especificaciones técnicas, era un ciclomotor se le podrían haber puesto multas por importe de hasta 2.200 euros: mil por carecer de seguro obligatorio, quinientos por ir sin permiso de circulación, otros quinientos por no tener carné y doscientos por no usar casco. Considerando que un vehículo como el que conducía puede costar 600 euros, es como para pensarse qué compramos y cómo lo usamos”.

Otro caso paradigmático de las consecuencias que tiene conducir vehículos ignorando las normativas a las que están sujetos ocurrió una madrugada de diciembre de 2020: una patrulla dio el alto a un vehículo con similitudes de VMP pero que no estaba homologado para circular por las vías públicas; en ese caso, además, el conductor arrojó un resultado positivo en las pruebas de detección de alcohol.

“Lo que vulgarmente venimos llamando patinete, según las características o potencia del aparato, lo mismo puede ser considerado a efectos de tráfico un juguete, un vehículo de movilidad personal o un ciclomotor. Y, claro, las repercusiones normativas son diferentes en casa caso. Si es un juguete no cabe pedir más que circule por las aceras a paso de peatón; si es un VMP, está afecto a la normativa propia de esos vehículos; y si es ciclomotor, pues entonces le afecta la obligatoriedad de disponer de permiso administrativo de circulación, seguro y que el conductor esté en posesión del oportuno carné”, explica un portavoz policial.

Los policías locales de Avilés son los primeros que han tenido que esforzarse para estar al día de la compleja reglamentación que la Dirección General de Tráfico ha ido aprobando y actualizando desde 2016 hasta hoy con el objetivo de adaptar las normas españolas a las disposiciones europeas y a las sucesivas y cambiantes realidades del mercado de los vehículos de movilidad personal.

“En nuestro día a día en la calle constatamos que existe mucho desconocimiento por parte de los usuarios de los VMP sobre el tipo de vehículo que conducen y, más aún, sobre la normativa vial que les afecta en función del artilugio que pilotan. En algunos casos esa ignorancia es por desinterés, pero en otros también ocurre que el vendedor de los vehículos no informa debidamente o que interesadamente da información que no se corresponde con la realidad. Nadie debe llamarse a engaño: todos los vehículos, incluidos los VMP , están sujetos a reglas circulatorias”, avisan en medios policiales.

La consecuencia de circular indebidamente con los vehículos de oda en espacios urbanos –bicicletas eléctricas, plataformas con ruedas, patinetes, monociclos o “hoverboards”, “segways”, “trixies”, biciclos con cesta, minimotos, etcétera– pueden ser dolorosas, pues aparte de accidentes la Policía Local multa a los infractores siguiendo la recomendación que hizo el pasado mes de junio el Fiscal General de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas. “Aún no se han segregado los datos de las sanciones impuestas a conductores de VMP en lo que va de año, pero dada la frecuencia con la que los agentes incoan expedientes es seguro que va a haber una cifra llamativa; esto no es más que una consecuencia del auge de este tipo de movilidad”, comentan en la jefatura de la Policía Local de Avilés.

La infracción más común es circular por aceras e invadir áreas peatonales

Según el Fiscal General de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, “se vienen produciendo incumplimientos sistemáticos de las normas viales por parte de ciclistas, patinadores y conductores de los falsos vehículos de movilidad personal (VMP) –que son realmente ciclomotores– que generan una gran perturbación, inquietud e inseguridad, con lo que la movilidad sostenible, que es el objetivo, se pone en riesgo”. A partir de esa observación, la instrucción dada a las policías locales de España: “Extrémese el control”. Lo que traducido significa: intervéngase cuando se vean infracciones y sanciónense. En el caso de Avilés, y a falta de una recopilación estadística exhaustiva, los agentes de la Policía Local señalan que son dos los tipos de infracciones más frecuentes que cometen los conductores de VMP: la circulación por aceras y la invasión de las zonas peatonales. En menor medida, se han producido sanciones por conducir los VMP llevando puestos auriculares conectados a dispositivos electrónicos y por ebriedad. Crece igualmente el número de sanciones a conductores de pretendidos vehículos de movilidad personal que, realmente, tienen características técnicas de ciclomotor; esto es, que tienen motores con potencia superior a 250 watios o que alcanzan velocidades superiores a los 25 kilómetros por hora. La reglamentación para las “tablas con ruedas” (categoría de la que forman parte los monopatines) establece que pueden circular por las aceras, pero a velocidad máxima de peatón y sin causar molestias al resto de usuarios. Y en el caso de las bicicletas, por sus características siguen en cierto modo en el limbo: pueden circular por el carril bici, si lo hubiera, o por la calzada junto al resto de vehículos. Los ciclistas solo pueden circular por las aceras convirtiéndose en peatones; es decir, bajando de la bicicleta y empujándola.

Compartir el artículo

stats