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Un metalúrgico denuncia haber sido obligado a ir a trabajar con muletas

El empleado, víctima de un accidente laboral del que tiene secuelas, reclama la incapacidad

Un hombre sostiene una muleta. JUAN CARLOS HIDALGO

Un trabajador perteneciente a la plantilla de una subcontrata de Arcelor asegura haber tenido el pasado mes de mayo la vuelta al trabajo más surrealista que cabe imaginar tras haber pasado veinte meses de baja debido a las lesiones –especialmente de columna– que se produjo en un accidente laboral: "El servicio de prevención de mi empresa me dio apto con limitaciones y la Seguridad Social se desentendió de mi estado, con lo cual tuve que volver al tajo andando con ayuda de muletas. Era un cuadro verme por el taller de esa guisa", relata el protagonista de este insólito episodio, que devino en una nueva lesión por sobreesfuerzo a los pocos días de haberse incorporado a su puesto y en el inicio de acciones legales por parte del afectado.

Todo empezó con un accidente laboral en 2020 y en una larga convalecencia de veinte meses en el transcurso de la cual el trabajador solicitó, pero sin éxito, la incapacidad laboral permanente en atención a sus lesiones. Denegada esa solicitud, el trabajador fue declarado apto con limitaciones para volver a su puesto.

"Esa declaración de aptitud con condición limitante es una artimaña habitual de las empresas de prevención en connivencia con la empresa que tiene contratado al afectado para eludir su despido; lo insólito en este caso es que mi cliente tenía que andar con muletas dado su estado de salud y parece obvio que eso y el trabajo en un taller son incompatibles", comenta el laboralista avilesino Marco Antonio Iglesias, que se ha hecho cargo de la defensa jurídica de los intereses del metalúrgico.

El trabajador, por consejo de Iglesias, advirtió por burofax que tenía contraindicados todos los riesgos inherentes a su oficio, lo que no fue obstáculo para que volviera a desempeñar las tareas que le eran propias. El resultado fue un nuevo percance y el agravamiento de su estado de salud, al punto de que ha sido declarado nuevamente de baja. Ahora serán los tribunales los que diriman si concurren condiciones de incapacidad y, además, la imposición de recargo de prestaciones por falta de diligencia en la adopción de medidas de seguridad.

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