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El Estado ve indicios de cobro indebido de subvenciones en la última etapa de Alcoa

Los letrados públicos sostienen que Parter y Riesgo causaron perjuicio al erario al disfrutar de ayudas sin tener voluntad de salvar los empleos

Asistentes a la reunión en la que se cerró la venta de las fábricas de aluminio de Alcoa de Avilés y La Coruña al fondo Parter Capital; el cuarto por la derecha es Rudiger Terhorst, socio director de Parter.

La Abogacía del Estado, que ejerce la representación legal del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en la causa que se investiga en la Audiencia Nacional sobre la compra de las fábricas de aluminio de Alcoa Inespal en Avilés y La Coruña, ha detectado indicios de que el fondo de inversión suizo Parter Capital y el Grupo Industrial Riesgo se beneficiaron de subvenciones públicas sin ejecutar un plan industrial que lograra salvar los 600 puestos de trabajo. Su única intención, prosigue en un escrito la Abogacía, fue la de "despatrimonializar" las sociedades adquiridas, Alu Ibérica AVL y Alu Ibérica LC.

Así consta en un documento de 23 de mayo, al que ha tenido acceso "El Periódico de España" –diario que al igual que LA NUEVA ESPAÑA forma parte de Editorial Prensa Ibérica–, en el que el representante legal del Estado destaca que los directivos del fondo de inversión helvético y del Grupo Riesgo disfrutaron de las subvenciones "hasta poco antes de ser cesados" y, sin embargo, no trataron de salvar los puestos de trabajo de las fábricas.

Para la Abogacía del Estado, la investigación desarrollada hasta el momento por los agentes de la Policía Judicial bajo las órdenes de la magistrada Tardón ha puesto de manifiesto una "indudable" existencia de un "perjuicio" o "agujero" para las arcas públicas "por la conducta consciente de aquellos que disfrutaron las subvenciones sin voluntad de cumplir las condiciones a que se sujeta el abono de las subvenciones, y en particular la de mantenimiento de la actividad y del empleo", dice el mencionado documento de fecha 23 de mayo. Precisamente, este periódico informó del contenido de un oficio elaborado por agentes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) en el que se alertaba a la jueza de que los nuevos dueños de las fábricas de aluminio utilizaron sociedades interpuestas para comprar criptomonedas y sustraer capitales y patrimonio.

Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción también acusa al fondo suizo Parter Capital y al Grupo Industrial Riesgo de llevar a cabo "sin el conocimiento de Alcoa Inespal" una operación de "asistencia financiera"  (anticipación de fondos o concesión de préstamos para la adquisición de las acciones propias) expresamente prohibida en el pacto de venta de las fábricas.

La posterior compraventa de las fábricas de Avilés y La Coruña acordada por Parter Capital y el Grupo Industrial Riesgo reúne, según el ministerio fiscal, "todos los elementos para poder ser tipificada como un delito de apropiación indebida o administración desleal", ya que se han detectado "posteriores operaciones de descapitalización de las empresas titulares de las plantas [...] llevadas a cabo por los investigados vinculados al Grupo Industrial Riesgo, que merecen la misma calificación delictiva".

La propia instructora ha refrendado las conclusiones de la Fiscalía sobre las actuaciones presuntamente irregulares de los sucesivos compradores de las fábricas. En el auto de 21 de julio que acuerda el sobreseimiento provisional de la causa para Alcoa Inespal y los directivos Kai Rune Heggland, Álvaro Dorado Baselga, Ignacio León Moro y Christine Keener, la magistrada Tardón expone que sus pesquisas se centran en la sucesión de hechos que tienen lugar tras la segunda e "irregular" transmisión de las dos factorías, vendidas por el grupo suizo Parter Capital a través de su sociedad participada Blue Motion Technologies AG a la sociedad española System Capital Management (actualmente Iberian Green Aluminium Company SL), filial del Grupo Riesgo.

Los representantes de esas firmas desplegaron "una concatenada y reiterada sucesión de hechos que tendrían como objeto la descapitalización y despatrimonialización de las entidades y sus iniciales activos, y su desvío y canalización, bien hacia su propio patrimonio personal, bien a las estructuras societarias que han ido configurando ad hoc para apoderarse de aquellos", concluye la resolución judicial.

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