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La ley trans facilitará la asistencia por agresiones sexuales, según los expertos

La joven trans avilesina "es una mujer violada por un hombre; el problema es burocrático", dice la responsable del centro que la atiende

Una pancarta de la lucha contra la violencia machista.

Una pancarta de la lucha contra la violencia machista. / Lne

Marián Martínez

Marián Martínez

El caso de la joven transexual avilesina violada y que no pudo ser atendida en el Centro de atención a víctimas de agresiones sexuales dependiente del Instituto Asturiano de la Mujer es un ejemplo del vacío legal que existe con estas personas, según coincidieron ayer en señalar la mayoría de los expertos consultados. También convienen en señalar que, si a la joven se la hubiera atendido en dicho centro, se hubiera cometido una ilegalidad.

Una joven transexual avilesina denunció su violación el pasado mes de noviembre, y una vez puesta en contacto con el Centro de atención a víctimas de agresiones sexuales, se le indicó que no se le podía facilitar la asistencia psicológica y jurídica al figurar en su DNI su nombre masculino de nacimiento. Posteriormente, se la asesoró para que acudiera a Cavasym (Centro de atención a víctimas de agresiones sexuales y malos tratos de Asturias), una entidad sin ánimo de lucro en la que está recibiendo atención psicológica.

Mariti Pereira, coordinadora de Cavasym en Asturias y presidenta de la Federación de Asociaciones de asistencia a víctimas de violencia sexual y de Género (Famuvi), de ámbito nacional, explicó ayer que en este centro "se atiende, desde hace muchos años, a todas las víctimas de una agresión sexual, con independencia de su sexo, su edad o cualquier otra consideración. Reciben atención psicológica y cobertura legal".

Mariti Pereira

Mariti Pereira / ANGEL GONZALEZ

Esta atención no la puede realizar el Centro de atención a víctimas de agresiones sexuales del Principado porque "está sujeta a la ley de igualdad y al Pacto de Estado, donde se establece que es solo para mujeres", señaló la coordinadora de Cavasym.

Mariti Pereira matizó que "esto no significa que exista discriminación, porque en ese centro sí se informa de que pueden acudir a nosotras. De hecho, tenemos hombres que han sufrido agresiones sexuales y abusos cuando eran menores, y reciben asistencia psicológica y jurídica". Añadió que "en el caso de Avilés, la víctima es una mujer violada por un hombre, pero el problema es burocrático y de concepto". En su opinión, el problema es que "existe un vacío legal que se subsanará con la aprobación de la ley trans, donde estarán recogidos todos los derechos de estas personas".

Javier Fernández Teruelo, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo, jurista y experto en violencia machista, señaló ayer que en el Centro de atención a víctimas de agresiones sexuales dependiente del Principado "actuaron correctamente, conforme a la ley. Existen el plano legal y el de los sentimientos, y en estos casos hay que actuar según la normativa.".

Javier Fernández Teruelo.

Javier Fernández Teruelo. / FERNANDO RODRIGUEZ

Dicho esto, el también catedrático de Derecho Penal, remarcó que "el colectivo trans es muy vulnerable y ampliamente discriminado, con padecimiento de abusos". Partiendo de esta premisa, mostró su convencimiento de que "a partir de que se apruebe la ley trans se resolverán determinados procesos y procedimientos de manera más ágil, y problemas como el de la joven avilesina serán más fáciles de resolver, porque existirá un protocolo que facilitará las actuaciones".

Marino Pérez.

Marino Pérez. / MIKI LOPEZ

Marino Pérez, catedrático de Psicología Clínica de la Universidad de Oviedo y autor de libros como "Nadie nace en un cuerpo equivocado" junto a José Errasti, profesor titular de Psicología de la Personalidad, también señaló que en el centro del Principado "se actuó conforme a la finalidad del servicio y la ley, ya que es solo para mujer víctimas de agresiones sexuales. El problema es que existe un vacío legal para la transexualidad que da lugar a que se produzcan confusiones o limitaciones".

Blanca Esther Aranda.

Blanca Esther Aranda. / MARCOS LEON

Blanca Esther Aranda, presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas y miembro de la junta nacional de este colectivo feminista, incidió en que "hubo un problema de comunicación, un triste malentendido que hizo que la joven se sintiese desamparada, aunque afortunadamente después se la derivó a donde podía ser atendida". Respecto de la ley trans, señaló que "toda legislación que favorezca los derechos de las personas, bienvenida sea".

La ley trans y LGTBI

¿En qué momento se encuentra la tramitación de la ley trans y LGTBI?

La ley inició un largo y tortuoso camino en junio de 2021. Fue el pasado mes de diciembre cuando dio el primer paso hacia su aprobación definitiva al lograr el respaldo de la mayoría del Congreso, con 188 votos a favor, 150 en contra y siete abstenciones. Ahora continua su tramitación en el Senado, donde el PSOE anunció que no presentará enmiendas.

¿Qué establece esta ley?

El texto reconoce la voluntad de la persona como único requisito para cambiar de sexo en el registro, y en el caso de los menores de 16 años y mayores de 14 tendrán que asistir con sus padres o tutores. Solo será necesaria la intervención de un juez para el cambio registral cuando tengan menos de 14 años y más de 12. Además, los menores de 12 no podrán cambiar de sexo en el registro, pero sí su nombre en el DNI.

¿Que fija la ley respecto de los derechos de las víctimas de violencia?

Las administraciones públicas deberán garantizar la atención integral y especializada a las víctimas de violencia basada en la LGTBIfobia. Eso supone que, al menos, deberán recibir información y orientación sobre sus derechos y los recursos disponibles para su atención; asistencia psicológica y orientación jurídica; atención a las necesidades laborales y sociales que presente la víctima, además de servicios de traducción, interpretación y apoyo a la comunicación que requiera.

¿Contempla medidas específicas de protección?

La ley establece que cuando las personas LGTBI sufran violencia en el ámbito familiar o intragénero, "se dictará una orden de protección en los términos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y existiendo una sentencia condenatoria por un delito por actos violentos, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, ésta tendrá los derechos laborales y de Seguridad Social que se atribuyen a las víctimas de violencia de género. Además, las administraciones con competencias educativas, escolarizarán "inmediatamente" a las personas descendientes de las víctimas que se vean afectadas por un cambio de residencia derivado de actos de violencia.

¿Y las personas menores de edad?

Los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para garantizar el libre desarrollo de su personalidad y su integridad física conforme a su identidad sexual.

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