Una jueza se pronuncia (y de manera muy clara) sobre uno de los bolardos más conflictivos de Avilés
Un conductor consigue librarse de una multa por conducir bajo los efectos de la cocaína tras alegar que había consumido medicación que podía dar positivo y después de que la muestra de su saliva pasase un mes en una nevera

En primer término el bolardo con aceite de motor derramado en sus inmediaciones y al fondo, el conductor hablando con un policía local y el coche afectado por el impacto. / F. L. J.
El juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 2 de Oviedo ha desestimado un recurso interpuesto por un conductor que sufrió un accidente con el bolardo de la calle Emile Robin. Los hechos tuvieron lugar en mayo de 2023, y el demandante asegura que la causa del suceso se debió a que el vehículo que le precedía le impidió ver el obstáculo, y que éste carece de medidas de seguridad y la señalización suficiente para evitar este tipo de incidentes. El reclamante pedía una indemnización de 7.868 euros. Finalmente la jueza considera que la causa del incidente fue un fallo del conductor, al que impone asumir las costas.
El caso llegó a lo juzgados después de una primera reclamación en el Ayuntamiento, que fue desestimada. En su argumentación, el conductor afirma que no vio el bolardo porque el vehículo que le precedía se lo tapaba, que el pivote subió de manera que no pudo maniobrar para evitar el siniestro y que el dispositivo no estaba suficientemente señalizado.
Si bien, la titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Oviedo considera que el funcionamiento del bolardo era el correcto, que la zona está debidamente señalada –con señales, semáforo y marcas viales– y que la causa última del suceso fue una mala praxis del conductor, que no respetó la señalización y trató de acceder a la calle cuando no debía.
Positivo en cocaína
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Oviedo ha anulado una sanción interpuesta contra un conductor que dio positivo en un test de drogas cuando circulaba por Llaranes. El conductor alegó que estaba tomando medicación –ibuprofeno, benzocaínas y tratamiento para la diabetes– que podía dar positivo en este tipo de pruebas, aportó unos análisis hechos días después y argumentó también que la muestra de saliva tomada estuvo cuatro semanas conservada en la nevera, cuando el plazo máximo era de una. La titular del juzgado consideró que la sanción no era conforme a derecho.
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