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El Ayuntamiento de Avilés refuerza los Servicios Sociales para informar sobre la regularización de extranjeros hasta el 30 de junio

Desde este lunes, el trámite presencial de regularización se realizará en Correos, con documentación original y fotocopias, mientras que la solicitud online está disponible en la web del Ministerio

Fachada del Ayuntamiento de Avilés. | Lne

Fachada del Ayuntamiento de Avilés. | Lne / F. L. Jiménez / M. Martínez

M. O.

Con el objetivo de facilitar información sobre el proceso de regularización extraordinaria de personas extranjeras, el Ayuntamiento de Avilés ha reforzado las dependencias de los Servicios Sociales. Todos los ciudadanos que precisen de información y apoyo, podrán acudir a sus centros para ser acompañados en el procedimiento por un técnico. Para ello, es necesario cita previa de forma presencial o por teléfono y cada persona deberá acudir al centro que le corresponda, pues están asignados por barrios.

La tramitación se puede hacer presencialmente desde este lune, 20 de abril, en la oficina de Correos (única vía habilitada en Avilés), siendo obligatorio acudir con la documentación original y con fotocopia de cada documento y la presencia física de las personas interesadas. También se puede realizar de manera online a través de la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones. La fecha límite para presentar la solicitud será el 30 de junio de 2026.

Documentación necesaria

Los Servicios Sociales proporcionan los certificados necesarios, como el de empadronamiento, que se da sin cita previa, y el de vulnerabilidad, para el cual sí se requiere cita previa. Además, se proporcionará el modelo de solicitud, mientras que el certificado de escolarización de los menores se obtiene en los colegios.

El proceso de regularización está dirigido a todos los migrantes que residen en España y cumplen una de las siguientes condiciones: haber solicitado Protección Internacional antes del 1 de enero de 2026 o estar en situación administrativa irregular y haber llegado antes de esa fecha. Por ello, es necesario acreditar una permanencia de al menos cinco meses y no tener antecedentes penales. Asimismo, las personas deben cumplir con uno de estos requisitos: convivir con hijos menores o mayores dependientes, haber trabajado o tener un contrato, ser solicitante de asilo o protección internacional, o estar en situación de vulnerabilidad.

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