La Audiencia Provincial ha condenado a un año de cárcel a cuatro de los seis acusados de tener relaciones sexuales con un menor de 15 años que ofrecía sus servicios a cambio de dinero y se publicitaba en una web, aunque uno de ellos ha sido absuelto del delito de agresión sexual que pesaba contra él. Los otros dos hombres que habían sido procesados han sido absueltos.

Según se recoge en la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala considera acreditado que los acusados, "con carácter general", mantuvieron relaciones sexuales con el chico, aunque en algunos casos no se considera probado que todos conocieran que se trataba de un menor de edad.

Es en este criterio del conocimiento de la edad del chico en el que la Sala se ha basado, principalmente, para condenar a unos acusados y a otros no, no sin reconocer que es algo "difícilmente comprobable".

Así, considera que cuatro de ellos conocían y "aceptaban" que el chico era menor de edad y a pesar de ello mantuvieron relaciones sexuales con él (varias veces) a cambio de dinero y, por ello, les condena a un año de prisión y a una multa de 2.880 euros.

Mientras, no ve suficiente probado que los otros dos conocieran que se trataba de un menor, dado que solo "consta que tuvieron una única relación" con el chico y que ésta se produjo en otra provincia distinta a la que residía a la que el joven se desplazó.

Para la Sala, el hecho de que el chico se desplazara desde la localidad donde residía, ubicada en la zona oriental de Cantabria, hasta otra provincia y pudiera pernoctar en un domicilio ajeno podía dar una imagen de "independencia en la forma de vida" que "no cuadra con la conducta habitualmente observada por un menor de edad". Es por ello por lo que les absuelve.

Además, la Sala considera que la versión del menor sobre los hechos acaecidos durante su estancia en esa otra provincia --particularmente en lo relativo a uno de los dos acusados, que estaba acusado de haberse procedido a facilitarle clientes a cambio de una parte de los beneficios-- "no ha sido constante" a lo largo de sus distintas declaraciones.

Y respecto a la acusación de agresión sexual que pesaba sobre uno de los acusados, delito por el que la Fiscalía le pedía 7 años de cárcel, la Sala considera que ésta "no ha quedado acreditada" y "carece de corroboración alguna", con lo que le absuelve y únicamente le condena por prostitución y corrupción de menores.

Además, la pena impuesta por prostitución y corrupción de menores ha sido menor que la que pedía la Fiscalía, que pedía un año y medio de prisión para todos menos para uno, al que solicitaba dos al considerar que éste había acordado con el chico en facilitarle clientes a cambio de un parte de lo que cobrara.

Esta sentencia, dictada el 9 de marzo (menos de un mes después del juicio) no es firme y contra ella cabe recurso de casación.