Candás,

Braulio FERNÁNDEZ

El Ayuntamiento de Carreño reformará finalmente la normativa urbanística de las alturas de las viviendas para que no se repita lo sucedido con la casa del Camino del Faro, que un juez ordenó derribar parcialmente. En aquel caso, y tras existir una denuncia por parte de una tercera persona, un perito judicial estimó que la altura no era la correcta, tras medir la vivienda desde rasante, y no desde cota cero. Al no existir una especificación en la normativa carreñense, el magistrado ordenó su derribo parcial.

Con la nueva redacción de la norma, se especifica que la altura se mide desde cota cero, de manera que se ofrece cobertura legal a todas las licencias concedidas en adelante. De paso, se salva la vivienda del Camino del Faro, cuyo derribo podría ser considerado «desproporcionado, ya que no tendría sentido ejecutar el derribo de una construcción que dentro de unos meses estaría ajustada a la ordenación vigente», según apuntaron los propietarios de la misma.

Esta nueva redacción deberá ser aprobada finalmente en una próxima junta de gobierno, tras el visto bueno dado por los grupos políticos, y finalmente incluida dentro del nuevo PGOU, cuya aprobación inicial está prevista en los próximos meses.

Con la nueva normativa, la altura de las viviendas quedará concretada, ya que de otra manera «todas las viviendas similares a la del Faro estarían desamparadas», según indicaron los propietarios. Se trata de una reforma de la normativa de tipo «formal, más que real», ya que hasta ahora las licencias estaban siendo concedidas ya con la medición de cota cero, aunque no aparecía regulado así en el texto legal. Los propietarios del Camino del Faro entienden que la reforma se hace «por necesidad y coherencia, y no por capricho o evitar un derribo concreto, aunque tiene sus efectos indirectos sobre esta vivienda».

La petición para la concreción de la norma urbanística fue realizada no sólo por los propietarios de la finca, sino también por la Asociación de Vecinos de Candás. Los vecinos consideraron que la norma carreñense había quedado «puesta en entredicho por los tribunales». Según expusieron, «la parquedad del artículo 212 de las normas subsidiarias de Carreño», que podría derivar en «el derribo de una vivienda ajustada a la norma según su interpretación general», amenaza con poder repetirse con otras viviendas «en idéntica situación».

Por ese motivo solicitaron al Ayuntamiento «que someta esta cuestión a la deliberación del órgano competente, adoptándose una declaración pública sobre la interpretación hoy vigente en materia de alturas y procediéndose, sin dilación, a tramitar la aclaración de la norma», según un escrito presentado por registro en las dependencias municipales. El problema es que «la norma que regula la vivienda unifamiliar o pareada en Carreño es imprecisa. De la altura de la vivienda no se indica desde dónde ni hasta dónde se miden esos siete metros».