La Audiencia Nacional ha considerado "contraria a Derecho" la modificación del Plan de Utilización de Espacios Portarios (PUESP) de El Musel, que preveía el desmonte del Alto Aboño, por no haber sido sometida a un estudio de evaluación ambiental por lo que anula la actuación.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, estima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Carreño y destaca los efectos "significativos" en el entorno de la intervención aprobada.

El desmonte del Alto Aboño proyecta la explanación y el taluzado de un promontorio costero de 32 hectáreas, con una cota de setenta metros sobre el nivel del mar.

El tribunal señala que la afección al paisaje será "extremadamente severa" y destaca la de las playas de Xivares y Peña María, que resultarían "particularmente sensibles" a una eventual contaminación procedente del derrame de aceites y combustibles de las embarcaciones.

Además, considera que el informe ambiental aprobado para la ampliación portuaria no se extiende a las actuaciones planeadas posteriormente, como la regasificadora, las plantas de almacenamiento petrolíferas y las terminal de granel sólido.

La Audiencia considera "cuestionable" que la intervención pueda considerarse "menor" pues conlleva actuaciones de consistencia y envergadura notables.

La Asociación de Vecinos de Xivares "El Tranqueru" ha mostrado su satisfacción por una sentencia "plenamente coincidente" con las tesis del Defensor del Pueblo que en 2008 emitió un dictamen en el que apoyaba claramente su postura, lo que motivó que el Ayuntamiento presentara un recurso judicial.

La organización reclama la reposición de los daños causados en el Alto de Aboño en edificios, lavaderos, estatuas y parques y advierte de que "ser más grande económicamente no puede ser una patente de corso para destruir y pisotear derechos".EFE