El Juzgado de lo Penal número dos de Gijón ha condenado a un hombre por instalar una 'mobil home' en una parcela no urbanizable en Peón (Villaviciosa) y ordena la demolición de la misma, tal y como había solicitado la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo de Asturias.

La sentencia considera que la casa prefabricada tenía vocación de permanencia y estaba destinada a segunda vivienda. La Juez impone al acusado un año de prisión y el pago de una multa de doce meses con una cuota diaria de seis euros (2.160 euros en total) por un delito contra la ordenación del territorio. El fallo no es firme y contra él cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Asturias, según ha informado la Fiscalía.

El 10 de enero de 2010, la patrulla de Colunga del Seprona comprobó que el acusado, F. J. C. S., vecino de Gijón, había construido en una parcela en Casamoria, Peón (Villaviciosa), una plataforma de hormigón junto a la que instaló una casa prefabricada, tipo "mobil home", con vocación de permanencia y con destino a segunda vivienda. La construcción tenía chimenea, agua corriente, antena de televisión y placas solares.

SUELO DE INTERÉS AGRÍCOLA

La parcela está calificada como Suelo No urbanizable de Interés Agrícola. El acusado llevó a cabo la construcción sin tener autorización de la CUOTA ni licencia municipal ni permiso de la Demarcación de Carreteras, ya que se encuentra en zona de influencia de la autopista A-8.

La sentencia destaca que la construcción no es una simple casa móvil estacionada, sino una casa móvil instalada para ser utilizada como residencia: "se instala sobre una plataforma de hormigón, necesaria pues el peso de la "mobil home" haría que, con el tiempo, se hundiese en el suelo; y tiene placas solares y salida de humos en el techo", además de "elementos en el exterior para una cómoda habitabilidad".

Todos estos indicadores, apunta el fallo, reflejan "claramente que no se trata de una instalación provisional y mucho menos de un estacionamiento, sino de una vivienda prefabricada, que el acusado trató de "legalizar" solicitando una licencia para una caseta de aperos". El acusado, añade, "sabía que su finca era de carácter rústico y que en la misma no se podía edificar".

La sentencia, que ordena que la finca sea devuelta a su estado original, condena al acusado al pago de las costas procesales y, en el caso de que no abone la multa, le impone un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, responsabilidad que en su caso podría ser cumplida mediante trabajos en beneficio de la comunidad.

EUROPA PRESS