El plan de normalización lingüística del asturiano en Carreño ha recibido otro golpe judicial. El Juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 1 de Gijón ha estimado el recurso interpuesto por la Delegación del Gobierno a través de la Abogacía del Estado y ha anulado el acuerdo del 28 de enero de 2016 del Pleno por el que se aprobaba el plan de uso del asturiano. La sentencia se une a la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en febrero, tras la reclamación del grupo del Partido Popular (PP) de Carreño.

El Pleno de Carreño aprobó en enero de 2016 el plan de uso del asturiano y la Delegación del Gobierno requirió la anulación del mismo. En abril de ese mismo año, el Pleno rechazó el requerimiento gubernativo y la Delegación acudió a la Abogacía del Estado con el fin de recurrir los dos acuerdos plenarios.

En la sentencia, el magistrado asume las tesis de la sentencia del TSJA de febrero de 2018 y estima que el plan "encierra una naturaleza reglamentaria (...) porque en dicho Plan se establecen principios y bases, y consta de artículos de que se compone el mismo, siendo numerosas las previsiones que encajan en lo que es propio de una directriz normativa".

El magistrado asume que el plan "tiene categoría de instrumento de contenido regulador" respecto del uso del asturiano y que sus actuaciones tienen "vocación de incidencia en la actividad municipal", y no se limita a ser una simple declaración de principios, sino que "se constata que materialmente encierra una naturaleza reglamentaria". La sentencia, que no impone costas, puede ser recurrida ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA. El Pleno ya rechazó recurrir la anterior sentencia ante la dificultad señalada por el secretario para que tuviese alguna posibilidad de éxito.