El exalcalde de Grado Antonio Rey ha sido condenado por el Juzgado de lo penal número 1 de Oviedo a 9 años de inhabilitación para empleo o cargo público y a pagar una multa de 10.000 euros por no retirar una una portilla a un vecino, perjudicando a otro, y por hacerlo a sabiendas y en contra de una resolución que le obligaba a actuar en este caso.

El que fuera regidor de la villa moscona ha dicho que "respeta" la decisión judicial, aunque piensa recurrir: "Respeto la decisión judicial pero vamos a apelar, por supuesto". Antonio Rey lamenta que vaya a pagar por algo que ha afectado a otros dos alcaldes y que, según su versión, sólo él trato de arreglar: "Yo fui el único que intentó solucionarlo", aserguraba el exalcalde a este periódico.

Más de una decada a vueltas con una arqueta

Por resolución de 4 de noviembre de 1996, el Ayuntamiento requirió a un vecino para que retirara una portilla realizada sin licencia que impedía el acceso a una arqueta ubicada en un camino de uso y titularidad pública, decreto que no fue recurrido. Por resolución de 12 de mayo, se le concedió el plazo de dos meses para la retirada, con apercibimiento de ejecución subsidiaria. El 20 de octubre de 1997, se le dio un plazo de 10 días para retirar la portilla, transcurrido el cual se retiraría por el Ayuntamiento a su costa, 50.000 pesetas más IVA.

La portilla continuó sin retirarse y, el 14 de septiembre de 1998, se celebró una reunión en la que el vecino se comprometió a variar la arqueta fuera del cierre de la finca en un camino que colinda con las casas de su propiedad y de otro residente en la zona, así como a construir una segunda arqueta en un camino peatonal, acuerdo que nunca fue cumplido.

Antonio Rey, ahora condenado, se incorporó como alcalde al Ayuntamiento de Grado el 16 de junio de 2007, y conociendo que las resoluciones no se habían ejecutado, consintió que la situación permaneciera. Esto se produjo pese a haber dictado un decreto, de 7 de mayo de 2010, por el que se acordó la ejecución del decreto de 20 de octubre de 1997, ordenando a vecino reticente el abono, en el plazo de 10 días, de la cantidad de 450,75 euros más IVA, como liquidación provisional para proceder a la ejecución subsidiaria. Sin embardo, el acusado no cumplió lo acordado, sino que convocó una reunión con las partes interesadas, el 20 de mayo de 2010, en la que se decidió alterar el curso del camino, desafectando el trazado actual y afectando un nuevo trazado, en un terreno que se permutaría. Esto no se llevó a efecto ante la imposibilidad de acreditar la titularidad del terreno que pretendía permutar.

Antonio Rey, según la versión que la Fiscalía ha hecho prevalecer, consintió la permanencia de la situación en el tiempo y no solamente no dio cumplimiento a las resoluciones, sino que, habiendo iniciado el vecino incumplidor obras de cierre de esta franja de terreno, y habiéndose acordado en resolución de 2 de agosto de 2011 la inmediata suspensión de las obras de cierre con requerimiento para que en el plazo de dos meses se solicitara la licencia de obras, debiendo acreditar la titularidad del terreno, tampoco se ejecutó.