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El juez avala en Siero a un falso autónomo al que pedían devolver lo cobrado

La empresa reclamó una vez el Juzgado de lo social reconoció la relación laboral

El Juzgado de Siero ha sentado precedente tras fallar a favor de un trabajador denunciado por su empresa. Este estuvo trabajando para ellos como falso autónomo entre 2012 y 2015. Posteriormente, denunció esta situación en el Juzgado de lo social, reconociendo éste la relación laboral entre ambas partes y obligando a la empresa a pagar las conceptos salariales devengados. Tras esto, la compañía acudió al Juzgado de Siero reclamando que devolviera lo que había cobrado como autónomo, una cantidad que ascendía hasta los 65.195 euros. Finalmente, el juez dio la razón al trabajador, entendiendo que no existe el enriquecimiento injusto al que aducía la parte demandante, ya que el denunciado prestó unos servicios a cambio de esta remuneración.

El conflicto entre ambas partes comenzó en el año 2017, cuando el trabajador acudió al Juzgado de lo social número 2 de Gijón. Este entendió que el vínculo entre ambas partes no era el de una empresa que presta servicios a otra a cambio de dinero, sino que se trataba de una relación laboral estable, en la que el hombre trabajaba únicamente para esta compañía, recibía ordenes permanentes y debía incluso rellenar documentación de la empresa.

Al fallar a su favor, el Juzgado condenó a los empleadores a pagar 4.369 en compensación por el pago devengado que aún no había prescrito.

Frente a esto, la empresa no se conformó. En junio de este año, interpone una denuncia en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Pola de Siero. Estos reclamaban alegando el cobro de lo indebido, es decir, que al considerársele ya la relación laboral, solicitaban la devolución de lo cobrado como autónomo.

Un caso muy poco frecuente, según apunta Alberto Suárez, abogado del despacho "Efeso", que fue el encargado de defender al trabajador. "Cuando busque jurisprudencia previa, vi que no había nada parecido", explica el letrado. De esta manera, el fallo del magistrado de Siero sienta un precedente de cara a posibles casos similares en el futuro, en los que una empresa reclame devolución a un falso autónomo.

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