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El juez da la razón a Noreña en su decisión de no dar licencia a un crematorio: estos son los argumentos

La sentencia recuerda que en el polígono de la Barreda, en el que se pretendía la instalación, existen "ámbitos de usos dotacionales y vulnerables", y se necesita una modificación previa del planeamiento

El polígono de la Barreda, en Noreña

El polígono de la Barreda, en Noreña / PABLO SOLARES

Luján Palacios

Luján Palacios

Noreña

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 3 de Oviedo ha desestimado el recurso interpuesto frente a la denegación de la licencia de obras y de actividad destinadas a la instalación de un horno crematorio en el polígono industrial de La Barreda (Noreña).

El juzgado considera que la interpretación mantenida por el Ayuntamiento, defendido por Junceda Abogados, "resulta razonable y conforme a Derecho". "La ausencia de previsión expresa del uso de crematorio en la ordenanza, unida a la coexistencia en el mismo ámbito de usos dotacionales y vulnerables, justifica la decisión municipal de no otorgar la licencia solicitada y de entender necesaria una previa modificación del planeamiento", sostiene el magistrado en su argumentación.

"No puede apreciarse tampoco desviación de poder ni arbitrariedad en la actuación municipal, pues la solicitud de informe a la CUOTA responde a un proceder prudente y garantista", añade en una sentencia que es susceptible de recurso de apelación.

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