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Libertad para un corverano de 30 años acusado de agredir sexualmente a su pareja, menor de edad

El Principado asume la tutela de la chica y el hombre tiene prohibido acercarse a ella a menos de 200 metros

Vehículo de la Guardia Civil.

Vehículo de la Guardia Civil. / GUARDIA CIVIL

N. M.

Las Vegas

Un hombre de 30 años, vecino de Corvera, ha sido denunciado por su pareja, menor de edad, tras revelar la chica que él la agredía sexualmente y que la obligaban a casarse con él.

La menor, de 17 años, llegó a atrincherarse en su casa este pasado fin de semana, amenanzando con un intento autolítico. Fue gracias a la intervención de la Guardia Civil que los agentes lograron frenar a la chica en su acción.

Su presunto agresor acabó entonces detenido y los hechos fueron puestos en conocimiento de la Fiscalía del Menor del Principado de Asturias.

Tras pasar por el Juzgado este lunes, el hombre ha quedado en libertad provisional con la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 200 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio. Tiene asimismo la obligación, según confirmaron fuentes oficiales, de comunicar cualquier cambio de domicilio.

Entre tanto, el Juzgado de Guardia de Avilés ha atribuido las funciones tutelares de la menor al Principado y ha derivado el caso al juzgado con competencias en materia de violencia sobre la mujer.

Las penas

El artículo 178 del Código Penal castiga con la pena de prisión de uno a cinco años la agresión sexual, entendida como cualquier atentado contra la libertad sexual de otra persona, mediante el uso de violencia o intimidación. Para mayores de 16 años y menores de 18, la pena señalada para el tipo básico del abuso sexual es de prisión de uno a tres años, o multa de doce a veinticuatro meses.

Cuando la víctima del delito es menor de edad se plantea primar el principio del interés superior del menor para cualquier decisión que se tome en el proceso penal y que pueda afectarle. Se le reconoce asimismo el derecho a la protección, apoyo, asistencia y atención, así como a la participación activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio desde su primer contacto con las autoridades durante la actuación de los servicios de asistencia.

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