Mieres / Langreo, A. V.

Hunosa tendrá que pagar parte del IPC de 2008 a los mineros prejubilados por incumplimiento del convenio. Así se desprende de la sentencia de la Sala IV del Tribunal Supremo que ha revocado una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. El Supremo atiende el recurso interpuesto por las organizaciones sindicales, para solicitar el incremento del IPC previsto y no el real, como había aprobado el Consejo de Ministros. Aquel año, la subida de precios real fue más baja que la prevista. El Supremo considera que «el incremento de las retribuciones en una cuantía del IPC previsto debe entenderse consolidado, y que solo cabe actualización al alza y no a la baja». También entiende que la actuación de Hunosa y VidaCaixa, que descontó un 0,6% -diferencia entre el IPC previsto y real del año 2008- durante las mensualidades subsiguientes del año 2009, «no fue ajustado a derecho».

El SOMA-FITAG- UGT, valoró positivamente la sentencia, y asegura que está basada «fundamentalmente en el reconocimiento en que los acuerdos negociados, pactados y firmados deben respetarse». Además, tal y como explicó el sindicato, el fallo, contra el que no cabe recurso, «va a suponer que los trabajadores reciban, con carácter retroactivo, un importante volumen de recursos».

El sindicato que lidera José Ángel Fernández Villa denuncia que no se respeta el acuerdo de la subida del IPC real para un colectivo importante de trabajadores que finalizan su vida laboral. El SOMA-FITAG-UGT rechazó, en su momento, los términos en que había sido aprobada y publicada en el BOE la modificación del Real Decreto que regula las percepciones de estos trabajadores. Este desacuerdo se basó en las constantes contradicciones en el contenido de la norma: en un primer momento, la intención del gobierno fue la congelación salarial, a la que esta federación se opuso; después, el Consejo de Ministros aprobó la eliminación de la cláusula de revisión salarial según el IPC real y decidió que sólo se les aplicaría la subida del IPC previsto, un concepto que la federación calificó de ambiguo, ya que no existe; finalmente, en una decisión unilateral, el gobierno ha vuelto a cambiar su criterio y en su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto estipula que a los trabajadores se les aplicará un incremento máximo del 1,5% en 2011, lo que ha supuesto la presentación de las correspondiente demandas. De estas discrepancias surgió la denuncia judicial que ahora es asumida por el Tribunal Supremo.