Una sentencia del Juzgado de lo Social de Mieres del 27 de mayo declaró nulo el despido disciplinario de un delegado del sindicato CSI en Duro Felguera Rail, en Mieres, por negarse reiteradamente a hacer una labor encomendada por sus jefes, peligrosa para su salud. Al trabajador se le había detectado en una revisión médica, en 2008, un síndrome de túnel carpiano, declarándolo apto para su trabajo pero con restricciones consistentes en la utilización de elementos en la maquinaria que redujeran las vibraciones.

En su trabajo con amoladoras, el obrero usa un mango protector. Sus superiores le pidieron en varias ocasiones, en febrero y marzo pasados, que hiciera esa labor en una pieza de dimensiones reducidas, lo que obligaba a prescindir del citado mango protector. El trabajador se negó, solicitando que se hiciera una evaluación de riesgos laborales de esa tarea, señala la sentencia. El trabajador había sido elegido en enero representante del sindicato CSI.

El pasado 12 de marzo la empresa le notificó su despido disciplinario por negarse a acatar las órdenes. La sentencia señala que ese despido es nulo, dado que "resulta justificada la negativa del trabajador, que no puede considerarse manifestación de contravención a la potestad organizativa de la empresa", sino que ésta "ordena al trabajador la ejecución de una tarea que entraña un riesgo cierto", algo que no puede hacer dado que la Constitución reconoce el derecho fundamental a la integridad física, cuya vulneración no requiere que se produzca la lesión, sino que basta con que "se acredite un riesgo relevante". La sentencia puede recurrirse ante el TSJA.