El encargado de un bar de La Felguera tendrá que pagar una multa de 6.600 euros, además de indemnizar a una exempleada con 8.000 euros, por un delito continuado de acoso sexual. El Juzgado de lo penal número 1 de Langreo acaba de dictar la sentencia del caso, después de que la defensa pidiera repetir el juicio para incorporar una prueba que no había sido aceptada. Se da la circunstancia de que el fallo ha resultado ahora más severo: en el primer proceso, el hombre fue condenado al pago de una multa de 3.000 y una indemnización de 6.000 euros.

La jueza señala en la nueva sentencia que es un hecho probado que el encargado del bar continuó con el acoso incluso después de que la víctima le recriminara su actitud, y pronunció comentarios como "vete a la cocina y ponte a cuatro patas que ahora voy para allí", además de tocamientos no consentidos.

Los hechos comenzaron en enero de 2015. Según la sentencia, primero hubo comentarios: "Qué guapa vienes hoy" o "cuando te lavas que guapa estás". El titular de la sala apunta que "lejos de cesar en su actitud (tras la recriminación por parte de la víctima), persistió en la misma (...) al tiempo que provocaba situaciones para colocarse detrás de ella en la barra y rozarse contra la misma, llegando en una ocasión a cogerla por la cintura desde atrás e intentar besarla en el cuello, dándole ella un codazo para que cesase en su actitud".

Esa reacción tampoco amedrentó al encargado. Llegó, en ocasiones, a "besarla mientras la cogía o tocarle los pechos desde su espalda". En el mes de mayo, sin cesar en su actitud, el acusado comenzó a decirle a la entonces empleada que "iba a ir a la oficina, que se tenía que empezar a portar bien" y que "se atuviera a las consecuencias, que el jefe soy yo y yo soy el que mando, no despido a nade porque no puedo pero al que no quiero en la empresa lo amargo para que se marche".

La situación se volvió insostenible para la mujer. En agosto de 2015, denunció el comportamiento del hombre ante sus superiores. Estos incoaron un expediente disciplinario por acoso que finalizó con una severa amonestación por escrito. Al reincorporarse ella de las vacaciones, el acusado continuó con su actitud, "originándose una situación insostenible para (la víctima) que causó baja laboral". La mujer, ahora en situación de desempleo, precisó tratamiento psicológico y psiquiátrico tras lo ocurrido.

El relato de hechos se considera probado a través de los informes periciales psicológicos y psiquiátricos, así como por la declaración de tres clientes del local. El condenado había presentado como testigos a dos mujeres que trabajan -y trabajaban cuando ocurrieron los hechos- en el establecimiento. La sentencia considera las declaraciones de estas últimas "temerarias" y "faltas de objetividad".

El fallo es rotundo: el hombre es responsable de un delito continuado de acoso sexual. Así, se establece una pena de 22 meses de multa con una cuota diaria de diez euros. Por vía de responsabilidad civil, indemnizará a la mujer con 8.000 euros en concepto de daños morales. La letrada de la mujer fue Ana María González, a través de Cavasym: Centro de asistencia jurídica y psicológica a víctimas de agresiones sexuales y malos tratos de Asturias.