Acta sobre los puntos básicos del preacuerdo para una transición justa de la minería del carbón y desarrollo sostenible de las comarcas mineras para el periodo 2019-2017
En la reunión celebrada entre los representantes de UGT-FICA y CC OO Industria con el Ministerio para la Transición Ecológica, en la fecha de este escrito, se han acordado los siguientes puntos esenciales:
En relación con los apartados preliminares del documento se acuerdan:
-Establecer las bases de las medidas necesarias para una transición justa de la minería del carbón y las comarcas mineras a partir del 31 de diciembre de 2018 teniendo en cuenta la situación del sector y la finalización de las ayudas destinadas a cubrir las pérdidas de las explotaciones mineras, de acuerdo con las exigencias de la normativa europea, para el periodo 219-2027.
Más allá de 2018 se promoverá el uso del carbón autóctono competitivo, como un modo de favorecer el mantenimiento de la actividad y el empleo ligados a la minería.
-Los ámbitos temporales de las distintas actuaciones serán los siguientes:
+ Plan para la restauración de explotaciones en comarcas mineras 2018-2023
+ Medidas excepcionales para empresas: 2019-2025
+ Medidas de reactivación de las comarcas mineras: 2019-2027
-El ámbito territorial lo constituyen las áreas geográficas en las que actualmente se produce la extracción de carbones, según lo definido en el artículo 1 de la Decisión, pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Aragón, Principado de Asturias, y Castilla y León y Puertollano.
-El ámbito empresarial abarcará a todas las empresas del Anexo del Marco de Actuación vigente.
-La empresa pública Hulleras del Norte, S. A., (Hunosa), por sus especiales característica y su particular relevancia en el conjunto del sector y en la cuenca central asturiana, estará sujeta a su propio Plan de Empresa, con características propias en materia de Plan Social y compromisos específicos en el ámbito de la reactivación de las comarcas mineras de la cuenca central asturiana y su transición a un nuevo modelo económico.
En cuanto al Plan Social para los trabajadores de las empresas del referido Marco de Actuación vigente, se concluye:
a) Bajas indemnizadas para los trabajadores con la condición de plantilla propia anterior a 31 de diciembre de 2017 y con la cuantía actual.
b) Prejubilaciones para trabajadores que tengan al menos cuarenta y ocho años de edad equivalente, con la aplicación del coeficiente reductor que las corresponda, o al menos, 20 años de cotización en el Régimen Especial de la Minería del Carbón en las empresas del citado Anexo, con un porcentaje de reducción.
Estas ayudas garantizarán el reconocimiento del 72% de la media mensual de la retribución salarial ordinaria bruta, considerando los seis meses efectivamente trabajados anteriores a la incorporación a la prejubilación con el prorrateo de pagas extraordinarias.
c) Otras ayudas para aquellos trabajadores afectados y que no puedan acogerse a las anteriores ayudas: Derecho al reconocimiento, por una sola vez, de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el periodo máximo legal, con independencia de sus periodos de ocupación cotizada ("contador a cero").
Se acuerdan, asimismo, lo siguiente:
-Ayudas de carácter medioambiental destinadas a financiar la clausura de las instalaciones y la restauración del espacio natural afectado por la actividad minera.
-Otras medidas adicionales a favor de los trabajadores del sector que continúen en labores extractivas en las unidades de producción de las empresas del referido Anexo:
+Para aquellas empresas del Anexo, que continúen con labores extractivas a partir del 31 de diciembre de 2018, y que se puedan cerrar en el periodo 2019-2025.
+Para los trabajadores excedentes se articulará con las CCAA su participación prioritaria en las actividades de restauración.
+Se establecerá como criterio determinante para acceder a la financiación pública la recolocación de los excedentes de la minería de carbón, a los que se refieren en el citado documento, mediante acuerdos bilaterales entre MITECO y las CC AA afectadas.
+Bolsa de trabajo para formación y recolocación preferente que se gestionará desde el IRMC.
+Trabajadores en proceso de incapacidad revisable, posibilidad de acogerse a las ayudas.
Por lo que se refiere a la reactivación, se prevé un plan de acción urgente para comarcas mineras que implica las siguientes actuaciones:
-La continuidad de las medidas de impulso económico y reactivación de las comarcas mineras afectadas.
-Plan para la Restauración de explotaciones en comarcas mineras 2018-2023.
-Plan de Desarrollo de Energías Renovables y Eficiencia Energética 2018-2023.
-Elaboración de Contratos de Transición Justa para comarcas afectadas por el cierre de las minas.
Por otra parte, se acuerdan medidas de apoyo a nuevas tecnologías (Ciuden), formación, trabajadores excedentes y seguridad minera.
Finalmente se prevé una Comisión de Seguimiento integrada por los firmantes del Marco para una transición justa de la minería del cabrón y desarrollo sostenible de las comarcas mineras para el periodo 2019-2017.